UN ESCÁNDALO HIPÓCRITA (E IGNORANTE): DETRÁS DE LAS BAMBALINAS DEL DEBATE SOBRE PRIORIDAD NACIONAL (versión ampliada del artículo publicado en Levante-Emv, 28 abril 2026)

 

Uno de los mayores riesgos que acechan hoy al debate público (sobre todo en las redes, pero también en la mayoría de las tertulias en radio y TV) es el recurso a las ideas recibidas, a los tópicos de lo políticamente correcto, sin apenas atisbo de crítica, por aquello de seguir al rebaño. Creo que es lo que está sucediendo en torno al escándalo suscitado por el mensaje de “prioridad nacional” lanzado por VOX.

Vaya por delante que estoy convencido de que este argumento de la prioridad nacional es un concepto más que confuso, jurídicamente hablando (por ejemplo, no se sabe si es nacional, regional o local; tampoco se sabe entre quiénes se ha de establecer la prioridad: si entre ciudadanos y extranjeros/inmigrantes, o entre españoles, por razón de su vecindad), pero, sobre todo, creo que es evidente que se trata de una trampa, una argucia táctica que le sirve a VOX para arrinconar al PP y ganar un peso desproporcionado en el panorama político. Basta ver la televisión, oír la radio o leer los periódicos y las redes sociales, para comprobar su éxito.

Lo que aquí me interesa es aportar un punto de vista considerablemente diferente. Por supuesto que VOX es un partido racista y xenófobo, como lo es Aliança Catalana: hasta ahí, ninguna novedad. Pero me parece que, dejando de lado que hay muchas almas buenas -en algún caso habría que hablar de «almas de cántaro»- indignadas por el mensaje en cuestión, hay también no poco de hipocresía, de tacticismo (y de ignorancia jurídica) en una parte de quienes, conforme a los tópicos de orden propios de lo políticamente correcto, se rasgan públicamente las vestiduras y denuncian una insoportable arremetida xenófoba y discriminatoria, que identifican sólo con VOX y con el PP (ciertamente los líderes del PP se han mostrado muy desorientados e incapaces de una respuesta clara: no hay más que ver su torpe argumentación acerca del arraigo).

Concretaré. Hablo de escándalo hipócrita y las más de las veces fruto de un considerable desconocimiento jurídico, para referirme a buena parte de los tertulianos y opinadores, acostumbrados a repetir slogans y lugares comunes que caigan bien y sean fácilmente digeribles por su simplismo, sin la menor reflexión crítica y que, en todo caso, en un alarde de erudición, citan el origen de su uso por el Front National de Le Pen. Pero también quiero señalar a algunos políticos del gobierno y de una parte de la izquierda. Digo hipocresía -o cinismo- entre estos últimos porque habrá que recordar que tanto UCD, como el PP y el PSOE, desde que pactaron la Constitución (cuando no se pensaba en inmigrantes, ni en extranjeros que no fueran turistas), nunca han sido partidarios de una plena igualdad de derechos entre los ciudadanos y los inmigrantes, ni siquiera los residentes legales. Esto es así, porque, frente a lo que se sostiene, esa igualdad plena no está en la Constitución, ni en las leyes españolas, ni europeas.  Y eso por no hablar de los episodios bochornosos e impunes de muertes en las fronteras de Ceuta y Melilla en los gobiernos de R Zapatero (2005), Rajoy (El Tarajal, 2014) y Sánchez (Melilla 2022), o de los acuerdos de devolución de inmigrantes suscritos por nuestros gobiernos de uno y otro signo con Estados que son una vergüenza desde el punto de vista de los standards básicos de derechos humanos, como Marruecos, Mauritania o Nigeria: baste pensar en la igualdad de derechos entre hombres y mujeres, olímipicamente despreciada en esos tres Estados aliados en nuestra política migratoria, con el ominoso silencio de nuestra ministra de igualdad, la de inclusión, el de justicia y el de interior, además de los vicepresidentes y el presidente, que no dijeron palabra sobre el asunto en sus visitas a los gobernantes respectivos.

Por descontado, hay un principio general de no discriminación consagrado en el artículo 14 de la Constitución (sólo faltaría que se dijera lo contrario). Pero eso no garantiza igualdad plena de derechos: y quien diga otra cosa es que no ha leído el artículo 13 de la misma CE de 1978, ni tampoco la jurisprudencia constitucional al respecto, que distingue entre tres tipos de derechos (un núcleo que nace de la dignidad y que se reconoce a los españoles y a los extranjeros; un segundo grupo, que dependerá de lo que diga el legislador; y un tercero, los derechos políticos, de los que los extranjeros quedan excluidos). Tampoco creo que hayan leído el apartado 2 d) del artículo 2bis (intitulado «política migratoria») de la LO 4/2000, la ley de extranjería, artículo que contiene una cláusula clave, pues reza así: «Todas las Administraciones Públicas basarán el ejercicio de sus competencias vinculadas con la inmigración en el respeto a los siguientes principios…e) la efectividad del principio de no discriminación y, consecuentemente, el reconocimiento de iguales derechos y obligaciones para todos aquellos que vivan o trabajen legalmente en España, en los términos previstos en la ley» (las cursivas son mías). Una cláusula que puede acabar permitiendo aquello de Orwell: todos los animales son iguales, pero unos más iguales que otros. Por lo demás, ¿Cuándo hablamos de igualdad de derechos o de prioridad en lo que toca al empleo, ¿de qué estamos hablando? ¿Acaso no hay prioridad nacional en el acceso al empleo? ¿acaso no se abren los puestos de trabajo para inmigrantes sólo en aquellos sectores en que se constata que no hay nacionales dispuestos a ocuparlos?

Y es que el problema viene de lejos: por lo menos de 1789, cuando se consagra una distinción en la titularidad de los derechos, entre los derechos del hombre y los del ciudadano, y se identifica al ciudadano como nacional, y al resto de los seres humanos como no nacionales, que es la definición de extranjeros. A ellos, obviamente, no se les reconoce como titulares de los mismos derechos que los ciudadanos. La consecuencia, como sabemos, es que quien es sólo un ser humano no tiene garantizados sus derechos: eso sólo le corresponde a quien es ciudadano, sobre todo si lo es de un Estado fuerte. Por eso, comparto la vieja crítica de Balibar, para quien la ciudadanía, en la inmensa mayoría de los Estados nacionales, es el último reducto del privilegio, la última barrera, anclada en la nacionalidad.

Todos los partidos que se dicen nacionales, y desde luego los nacionalistas, siguen esa lógica discriminatoria que prima a los de aquí, los nuestros: su objetivo -legítimo, si se persigue de forma pacífica y conforme a la ley- es que donde haya una nación (cuestión nada evidente, por cierto), debe haber un Estado, pero buscan que ese Estado sea homogéneo, esto es, compuesto prioritariamente por quienes comparten sus rasgos de identidad, comenzando por la lengua. Eso lo sostienen en diferente grado el PNV, ERC, y, por supuesto, Junts, Aliança Catalana y Bildu. Y sí, también VOX.

Claro, hay quienes en la hipérbole del escándalo interesado, ansiosos de la descalificación del adversario político, al que quieren identificar como el paradigma de la xenofobia, el racismo y todos los males posibles, han aprovechado lo de VOX para sostener el disparate de hablar de que en España no cabe ninguna discriminación respecto a los «ciudadanos inmigrantes» (lo ha dicho nuestro presidente, que raramente anda fino en temas jurídicos, como sabemos), cuando, por definición, el inmigrante -incluso el residente legal- no es ciudadano, y por tanto está discriminado en derechos, salvo que consiga culminar el proceso de nacionalización. Por lo demás, toda la legislación de extranjería, española y europea, persigue el objetivo de dificultar que los inmigrantes puedan llegar a ser ciudadanos y eso se hace a través de un laberinto administrativo cuyo objetivo es su extranjerización permanente, que es lo que facilita su status de precariedad.

Dicho esto, sería absurdo dejar de reconocer que se ha avanzado en un estándar de igualdad en el reconocimiento y garantía de la titularidad de derechos y del acceso a los servicios públicos para los inmigrantes. Pero estamos lejos de la plena igualdad, que sólo se da si son reconocidos como titulares de derechos políticos y, con ello, sujetos plenos de derechos, porque en la agenda política de nuestras democracias liberales, las necesidades y expectativas de quienes no son clientes (los ciudadanos lo son, en cuanto tienen una mercancía, el voto, que los partidos quieren comprar), no cuentan. Esto, hoy, sólo es posible por la vía de la nacionalización (que en buena parte de los casos exige perder la nacionalidad de origen) o por el peregrino y poco útil mecanismo de reciprocidad. Añadiré, para matizar, que hay que reconocer que es constante el crecimiento de las nacionalizaciones, lo que sólo se puede valorar como algo muy positivo, creo. Así, de acuerdo con el INE, entre 2020 y 2024 se han concedido más de 1,2 millones de nacionalizaciones, siendo los principales países de origen Marruecos, Colombia, Venezuela y Ecuador. En 2024 fueron 252.476, un récord hasta ahora.

Bien es verdad que el proceso de obtención de la nacionalidad española por residencia, aunque se ha agilizado, oscila entre 1 año (el plazo teóricamente máximo, fijado para los nacidos en España o casados con españoles, por ejemplo) y 10 años (plazo general) con excepciones para los refugiados (5 años) o nacionales de países con vínculos tradicionales con España (2 años) y en muchos casos está lejos de ser sencillo. Por eso, algunos de nosotros llevamos muchos, muchos años, proponiendo la ciudadanía por residencia, con un trámite para el que debería bastar la acreditación de residencia estable (y 3 años me parece razonable), sin necesidad de procesos de nacionalización que impongan otros requisitos, y sin el recurso al mecanismo de reciprocidad, que no depende de la voluntad individual, sino de los Estados.

Sea como fuere, hay aún un largo camino por recorrer, para que se entienda que la incorporación de nuevos ciudadanos es un bien: se trata de personas que nos han elegido, que han manifestado con hechos, venciendo no pocas dificultades, su voluntad de pertenecer, y me parece que eso es bastante más que lo que hemos hecho la mayoría de los españoles, que nos nacieron aquí, sin ningún otro mérito.

LA IZQUIERDA CONFUSA DEL DIPUTADO RUFIÁN

 
 
No soy de los que comparte el entusiasmo por el diputado Rufián, a quien veo cada vez más a caballo de la hipérbole fácil y del populismo. Voy a referirme a un ejemplo más, extraído de su intervención ayer en la UPF junto a la eurodiputada Montero que, junto a la secretaria general de podemos, Belarra, parece ignorar la respuesta negativa de los ciudadanos a sus propuestas en las elecciones autonómicas y continúa defendiendo el supuesto lugar primordial que esa forrmaión debe ocupar en la izquierda, aunque vayan dando algunos pasos hacina una cierta integración con otras fuerzas.  Me pregunto cómo salva el principio de contradicción el diputado Rufián cuando, de un lado, postula la unidad de la izquierda del PSOE con el argumento populista y simplista de «luchar contra el fascismo», pero a renglón seguido urge -razonablemente, a mi juicio- a no insultar a los votantes de VOX y Aliança llamándoles fascistas, pues sólo son gente indignada. Entonces ¿de qué urgencia antifascista está hablando como motor del voto a la izquierda del PSOE?
A mi juicio, los argumentos para apelar al voto de izquierda no radican en una abstracta lucha antifascista, sino que se encuentran sobre todo en saber afrontar con respuestas las razones que impulsan a una parte creciente de la ciudadanía a optar por el voto antisistema de los partidos de ultraderecha. Eso exige dejarse de moralinas y retóricas altisonantes que reverdecen el no pasarán, para ocuparse de la lucha contra la desigualdad real, esto es, las condiciones materiales tan discriminatorias -cada vez más desiguales- que afectan a porcentajes crecientes de los ciudadanos, en todos los campos, empezando por los derechos básicos: de la vivienda, a la salud, del encarecimiento de los recursos energéticos a la cesta de la compra, y desde luego, el fracaso en la lucha contra la violencia de género que se cobra cada semana vidas de mujeres.
Y a mi juicio, exige ocuparse también de la tendencia creciente por parte de partidos nacionalistas periféricos a utilizar status particulares de sus territorios para acrecentar la desigualdad entre ciudadanos españoles en razón de su residencia territorial, esto es, la innegable desigualdad de un ciudadano de Murcia, o Extremadura o Andalucía, frente a otro de Cataluña o El país Vasco o Navarra, en el acceso y garantía al derecho a la salud o a la educación, o en materia de tributación. Unas políticas de privilegio a las que se ha sumado el PSC en Cataluña, y que respalda en Navarra y el País Vasco. Ahí es donde hay que probar que se tienen soluciones mejores que las de las políticas de la derecha.
Claro que, para contradicción, la de presentarse como candidato de la «izquierda española», que se supone defiende la mayor igualdad entre los ciudadanos, al tiempo que, como político de ERC, defiende un régimen de privilegio para Cataluña, como el que sostiene de forma insolidaria ERC en su proyecto de pasos hacia la independencia de Cataluña: por ejemplo, en materia fiscal, con su taimado principio de ordinalidad, o con la exigencia de prioridad en las inversiones de fondos públicos en Cataluña, respecto a otras Comunidades Autónomas. Los ciudadanos de esas otras Comunidades toman nota y no olvidarán que que desde esa izquierda se sostenga privilegios y desigualdad cuando se predica en Cataluña, Navarra o el País Vasco y luego vengan con el cuento de que defienden la igualdad en las elecciones en Andalucía o en Murcia, en aras de un supuesto pluralismo (confederalismo) que no es tal, sino defensa táctica del privilegio. Eso no es federalismo, ni es izquierda.

A MODO DE GUIA PARA QUIENES SE INICIAN COMO INVESTIGADORES EN ESTUDIOS MIGRATORIOS

 Resumo aquí en primer lugar media docena de precauciones conceptuales y metodológicas que podrían ser de utilidad para quienes quieran comenzar a investigar en el ámbito de las migraciones (1) y, en segundo lugar y  más específicamente, algunas otras (2) para quienes quieran estudiar las políticas migratorias y sus instrumentos jurídicos

1.MEDIA DOCENA DE PRECAUCIONES COMUNES EN ESTUDIOS MIGRATORIOS

  • Atención a la división entre hecho y valor: en las migraciones no hay hechos brutos, sino hechos institucionales
  • Las migraciones son un fenómeno social total: esa es la lección de la escuela de Mauss, que previene contra la tentación de reducirlas a una única dimensión (suele ser la laboral-económica) ignorando las demás: la cultural, la ideológica, la política.
  • Es importante asimismo la constatación de que las migraciones, aunque obviamente  revistan características diferentes conforme al contexto histórico, no son un fenómeno coyuntural, sino una constante histórica, incluso en las grandes narrativas.
  • Las migraciones son un. fenómeno típicamente global, en el sentido de su alcance mundial,  aunque los procesos migratorios puedan variar según contextos regionales.
  • Las migraciones son ante todo un hecho político, una cuestión política radical que obliga a repensar las categorías básicas de la política en el orden interno y en el internacional: ciudadanía y soberanía, por ejemplo.
  • La dimensión de derechos humanos, en las investigaciones sobre movilidad humana, debe ser transversal y no puede ser considerada como una cuestión adjetiva o secundaria

2.PRECAUCIONES EN EL ESTUDIO DE LAS POLÍTICAS MIGRATORIAS Y DE ASILO

2.1. Una alternativa inicial: inmigrantes y solicitantes de asilo, como sujeto y no como objeto de la investigación

2.2. Debe primar una perspectiva crítica: integrar la dimensión jurídica y políotica con la antropología cultural, la  biopolítica y la dimensión internacional -global- del mercado, junto a la geopolítica. Un ejemplo de esa utilidad de la apertura a perspectivas disciplinares diversas es la necropolítica.

2.2.1. El foco para ele studi de las políticas migratorias no es tanto la cuestión del paso de fronteras y la regulación de la acogida, sino ante todo las razones estructurales que impulsan y regulan la movilidad humana. Eso apunta al desorden internacional y al mantenimiento de relaciones de colonización, incluso bajo la apariencia de cooperación al desarrollo, o codesarrollo.

2.2.2. Por supuesto que ello no excluye -todo lo contrario- el estudio de la economía del control migratorio, que va más allá de la configuración de los nichos laborales para los que se considera adecuado la aportación de mano de obra extranjera controlada, oficial o clandestinamente, por los agentes del mercado. También la “industria de la seguridad” que evoca lo de Bauman, la “industria del desecho humano”.

2.2.3. Atención especial merece la perspectiva antropológica -de antropología cultural- y biopolítica, en el sentido desarrollado por Foucault y sobre todo por Aganbem: El biopoder tiene como fin “hacer vivir y dejar morir”, y se enfoca en los procesos particulares de la vida, como natalidad, mortalidad, longevidad, reproducción, migración y enfermedad; controla un campo biológico, que se divide en una jerarquía de razas, donde se deja morir a aquellas que están en la parte inferior”. Por eso conviene tener en cuenta su aplicación en materia migratoria por Mbembé, como necropolítica, que insiste en las tesis de Bauman que enlazan con tesis de Arendt (vidas superfluas) y Aganbem (nudas vidas): las vidas de los inmigrantes como vidas desechables (algo sobre lo que ha insistido Butler). Con atención a dos problemas específicos de construcción de refuerzo de la vulnerabilidad: las mujeres (importancia de la perspectiva de género) y los menores.

2.2.4. Además, el estudio del status y proceso de presencia de los inmigrantes, nos muestra varios rasgos característicos de las políticas migratorias y de asilo: (a) la creación de un “estado de excepción permanente” (Aganbem, Lochak) predicado como el status “natural” de inmigrantes y solicitantes de asilo, que supone (b) la extranjerización como status y la (c) racialización de las personas inmigrantes y solicitantes de asilo. Ese estado de excepción es una concepción que se sitúa en línea con lo que los juristas nazis denominaron en su día (d) el “Derecho penal del enemigo”. Y, junto a ello, lo que la escuela de Copenhague de estudios críticos de seguridad, tal y como ha explicado muy bien Gemma Pinyol, ha definido como  (e) la “securitización”, esto es, el proceso mediante el cual un fenómeno político y social es comprendido a través de una “óptica securitaria” que justifica la adopción de medidas especiales que exceden el marco jurídico y los procedimientos ordinarios de decisión política. Así, el fenómeno migratorio se transforma en un problema de seguridad, con total independencia de su naturaleza objetiva o de la relevancia específica de la supuesta amenaza.

2.2.5. A esos efectos, hay que esclarecer cómo las instituciones, las leyes, los instrumentos administrativos entre los cuales tienen particular importancia los centros de detención de migrantes y de refugiados, pero también los tribunales, y otras burocracias  (en las que incluyo a buena parte de las ONGs que se desarrollan en el marco de la subvención) son un dispositivo para administrar, controlar y regular la vida de las personas migrantes, solicitantes de asilo y refugiados, en un modo que sea funcional a la reproducción del capitalismo global. Como se ha subrayado, estos análisis estudian los diferentes discursos y sus tecnologías (biopolíticas), mediante los cuales se capta a los migrantes que prometen mayor productividad y plusvalía al sistema capitalista neoliberal, ya sea por sus calificaciones laborales, o por su vulnerabilidad socioeconómica a la explotación.

2.2.6. La estigmatización de inmigrantes y solicitantes de asilo es un elemento presente en todas las configuraciones legales de esas categorías desde la perspectiva del riesgo, o incluso más abiertamente de la amenaza (amenaza laboral, económica, social y cultural), como ya advirtiera Marx en su análisis de la noción del “campesino polaco”: por eso se utilizan adjetivos como “invasión” o “ilegales”.

2.3. Un elemento definitorio de la lógica jurídicopolítica que se aplica a los solicitantes de asilo y que contribuye decisivamente a la precarización del derecho de asilo es la dimensión concentracionaria, la creación de campos que son lugares de infraderecho, cuando no de no- derecho, en continuidad con lo que sucede en las fronteras. Hay un hilo conductor que relaciona los campos de concentración y exterminio (nazis y los estalinistas), con los campos de internamiento y de selección inmigrantes/solicitantes de asilo que, a su vez, para escapar al control del derecho propio, esto es, de las normas del Estado de Derecho, son externalizados, como en su día se externalizaron las prisiones para los sospechosos de terrorismo.