DERECHO A DECIDIR, QUÉ?
RÉPLICA A PISARELLO Y ASENS
Javier de Lucas
No puedo estar más de acuerdo con el objetivo que expresamente proponen Pisarello y Assens en los prolegómenos del ensayo publicado recientemente en Sin Permiso, (11.11.2012) en el que desarrollan tesis formuladas poco antes en un artículo en Diagonal. En efecto, me parece capital comprender que, como ellos escriben, “Sería un error que para revertir la hegemonía que CiU y el Partido Popular están consiguiendo en torno a la cuestión nacional, las izquierdas de Catalunya y del resto del Estado se atrincheraran en la negación o el desprecio del derecho a decidir. Su desafío es otro: hacerlo suyo y conseguir que las aspiraciones federalistas, confederalistas o independentistas converjan, en las urnas y más allá de ellas, en iniciativas comunes de lucha contra las políticas ‘austeritarias’ europeas y contra un régimen constitucional bipartidista que ha abdicado de toda función democratizadora”. Sí: ignorar o, aun peor, despreciar la reivindicación del derecho a decidir es un error de principio, además de estratégico. Y sí, la izquierda debe reivindicar ese derecho e insertarlo en la luchas contra el austericidio y en la redemocratización en profundidad de una democracia que necesita urgentemente de revisiones, empezando por la De la Constitución. Porque también estoy de acuerdo en otra tesis central de mis colegas: la lucha por la igualdad es un rasgo de identidad de la izquierda, pero también lo es la defensa de una democracia plural e inclusiva que no excluya sino que reconozca plenamente la diversidad, y no desde el horizonte cerrado de los viejos Estados-nación, sino desde las exigencias que impone un mundo cada vez más interdependiente, en el que los riesgos y las oportunidades deben ser afrontadas con una perspectiva global y transgeneracional.
Pero mis discrepancias con el desarrollo de ese proyecto, tal y como es argumentado por Pisarello y Assens, no son menores. Y eso es debido a la centralidad que otorgan a una interpretación del “derecho a decidir” que, contra lo que sostienen en su propósito inicial, me parece contaminada por la estrategia que está cultivando la derecha catalanista –cierto, no sólo la derecha- de cara a las elecciones del próximo día 25. Dejaré dicho de entrada que, a mi juicio, es un error sostener que la reivindicación del derecho a decidir es un argumento de la izquierda, so capa del origen remoto de la posición favorable del PSUC. Creo que el juicio sobre si una proposición es de derecha o izquierda no depende tanto de quien lo enuncia, sino de su fundamento y su función en un contexto concreto. Y en mi opinión, aquí y ahora, esta pretensión juega objetivamente a favor de los intereses conservadores: los de la burguesía catalana y, como efecto dialéctico, los de la más rancia derecha española. Pero lo que me parece más grave es que en el fondo, aceptar la prioridad del derecho a decidir (como lo hace también IC en su lema electoral) supone plegarse o al menos deja la vía libre al planteamiento caudillista respecto a un procedimiento de ejercicio que, a mi entender, vulnera una <línea roja> de la democracia y del Estado de Derecho: la sujeción igual a la ley.
No niego que eso se pueda plantear y que sea legítimo. Niego el planteamiento exclusivista, el de quienes nos advierten que no hay marcha atrás posible ni oportunidades para negociar sobre el lugar de Catalunya en España y sobre el reconocimiento que España debe a Catalunya. Niego el dictat de quienes sostienen que ya han pasado 30 años sin resultado alguno de reconocimiento de la identidad de Catalunya como nación y por eso la única vía es hacer un camino separado. Niego, porque me parece otro trágala (tanto como el habitual del centralismo españolista) el que nos anuncian quienes proclaman que sólo cabe –sí o sí- aceptar el planteamiento del derecho a decidir como un fait accompli y nos reprochan que de no hacerlo así será como reconocer que no hay democracia…
Es éste un debate que, entre nosotros, ha acabado por plantearse en términos casi excluyentes de toda posibilidad de diálogo. Los de quienes entienden que la cuestión del derecho a decidir no es siquiera planteable sin romper con una legalidad que enuncian como una categoría casi sagrada. Pero también los de quienes sostienen que, en democracia, lo primero es consultar al pueblo y, por tanto, quienes se opongan a que el pueblo (el poble catalá, la nació catalana) sea consultado y así tome la palabra y ejerza el derecho “natural” a decidir, serían antidemócratas, aunque lo hagan en nombre de las reglas de juego, de la Constitución vigente, porque “ninguna legalidad formal puede estar por encima de la legitimidad democrática”. En dos palabras: para los primeros, sólo los antidemócratas (catalanes, claro) pueden plantear como cuestión previa la del derecho a decidir. Para los segundos, sólo los antidemócratas (españoles y catalanes, que también los habrá) temen el derecho a decidir…
Dejemos de lado la vexata quaestio de los <derechos naturales>, aún más ardua cuando se habla de colectivos como “nación” o “pueblo”. Excusemos en estas páginas las discusiones sobre los agravios a la dignidad del pueblo catalán causados por la Sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Estatut y sobre el “expolio”. Argumentos a favor y en contra de una y otra tesis no faltan y en algunos casos parecen incluso apoyarse en discrepancias metodológicas sobre tecnología presupuestaria (véase por ejemplo el artículo “Malentendidos sobre el saldo fiscal publicado en El País por Antoni Zabalza, catedrático de Economía y y antiguo Secretario de Estado en Gobiernos del PSOE). Dejemos también aparte que haya sido exitosa la estrategia electoral de CiU en las elecciones de 25 de noviembre, que cifraba el debate en reducirlo a un referéndum sobre el derecho a decidir. Un referéndum enunciado en término del telegrama de respuesta pagada (por no decir algo más grave, en términos tan simplistas que se aproximan peligrosamente al caudillismo, también en la evocación épica), pues el derecho a decidir se presenta como paso obligado para la vía aúrea que permite llegar a un futuro mejor (una tautología, puesto que eso es lo deseable, salvo que se sea masoquista), más aún si se describe casi en los términos de la tierra prometida de leche y miel. Dejemos de lado, sobre todo, que haya servido para orillar lo que todo programa electoral debe explicar, es decir, qué objetivos se trata de alcanzar respecto a las necesidades y los intereses inmediatos de los ciudadanos (salud, educación, servicios públicos, étc) y cómo, lo que significa también con qué prioridades en el proyecto presupuestario o, como apuntaba Pla, el evidente “y todo esto, ¿quién lo paga?”.
Más allá de todo eso, sucede que, en mi opinión, con el planteamiento de “quién tiene miedo al derecho a decidir?”, no sólo es que se desvió la atención de cualquier otro tema de discusión electoral porque se creó otro marco de discusión (que prácticamente ha ocultado todo lo demás, según las tesis conocidas de Lakoff en su No pienses en un elefante) sino que, sobre todo y a mi juicio, se obvió la presentación, la justificación y el debate acerca de tres presupuestos obligados.
El primer argumento orillado es precisamente el del significado profundo del derecho a decidir. El segundo, el del sujeto del mismo, el pueblo o la nación: ¿cuál?. Y en ambos casos, se obvió también la discusión sobre el tercero, esto es, las condiciones de su ejercicio legítimo hic et nunc, es decir, en una situación como la de Catalunya en 2012, un contexto en el que invocar la analogía colonial, la ausencia de libertad, es mucho más que una analogía impropia, un disparate. Ciertamente se me dirá que las referencias remiten a Escocia y Quebec como situaciones análogas. Pero es una analogía indebida; porque en una y otra se ha aceptado las reglas de juego existentes, el procedimiento que marca el orden jurídico vigente y no se ha lanzado el desafío histórico, formulado en los términos épicos tan caros al nacionalismo romántico y sus mitos, de afirmar la voluntad del pueblo “por encima de leyes y tribunales”. Y porque, en cualquier caso, me parece evidente que ni en el caso de Quebec, ni en el de Escocia está justificado sostener, como se ha pretendido sin mayores matizaciones, que Catalunya “debe recuperar su libertad”, y liberarse de la “dominación”. Tampoco, a mi juicio, en el de Catalunya.
En primer lugar, decía, se ha orillado la discusión sobre el significado mismo del derecho a decidir. Porque es cierto que cabe presentarlo como un derecho colectivo que corresponde a un grupo. Es la única perspectiva presente en el debate, con referencia a la nación o pueblo, el catalán, of course. Pero cabe conectarlo asimismo (y no necesariamente en oposición al anterior) con cuanto he tratado de apuntar acerca de la necesidad de un proceso de redemocratización que recupere para los ciudadanos el derecho a decidir en el sentido de la soberanía democrática y de derechos de la que son titulares. Soberanía en el sentido profundo de emancipación, que es precisamente el de autonomía para pensar y actuar, para decidir con la propia cabeza y conforme a la libre y propia voluntad. Sin interferencias indebidas de terceros, y menos aún desde terceros que con su posición hegemónica (e ilegítima) anulan esa libertad de decidir, como lo hacen en tantas situaciones los agentes financieros. Salir del status pasivo de consumidor político exige recuperar ese derecho a decidir. Y para eso hay que desactivar las barreras que sujetan a los ciudadanos impidiéndoles una decisión libre. Ese ámbito del derecho a decidir es, en mi opinión, previo a ningún otro. Ese es el que asegura el principio de egalibertad, que exige un programa político en el que la prioridad la tenga la igual libertad en los derechos, incluidos, obviamente, los derechos sociales. Es decir, el programa de emancipación que debería caracterizar a las fuerzas de izquierda. Creo que ese es el planteamiento correcto de la emancipación, de la independencia, en el siglo XXI y estoy de acuerdo en eso con lo que señalan Alvarez Junco y Fradera cuando escriben: “Vivimos un mundo en el que es absurdo ya proclamar la “soberanía nacional” o hablar de “independencia” en términos absolutos. Quien sueñe con una España homogénea y se sienta molesto por los “dialectos regionales” está tan fuera de la realidad como quien sueñe con nuevos Estados independientes y felices, de los que desaparecerán las interferencias a las que imputan todos sus males”[1]
En segundo término, como hemos visto, la estrategia electoral en cuestión enfatizó un presupuesto obvio del debate -sobre el que no cabe desacuerdo- y dejó en segundo plano otros dos presupuestos, menos obvios, sobre los que existe un desacuerdo frontal, que a mi juicio es lo decisivo. Ante todo, el presupuesto obvio que consiste en que el único sujeto del derecho a decidir es el pueblo. En democracia, sólo éste tiene el poder constituyente o, al menos sólo a él corresponde el acto constituyente originario[2]. El problema viene con la necesidad de determinarlo en el contexto preciso, es decir, con el adjetivo, el que especifica de qué pueblo se trata. En nuestro caso, la alternativa se plantea entre el pueblo catalán, como pretenden CiU, ERC, CUP, por ejemplo, o el pueblo español previamente, como sostiene la Constitución española de 1978 que limita la posibilidad de modificar la ley de consultas en ámbitos como éste. Porque, si se respeta el procedimiento jurídico vigente, eso exige al menos una reforma jurídica que casi inexcusablemente toca a la Constitución, en cuyo caso el sujeto de la reforma que debe posibilitar el ejercicio del derecho en cuestión por el pueblo o la nación de Catalunya sería el pueblo que es soberano en la Constitución, el español. Pero aquí topamos con el tercer presupuesto, una condición que simplemente se ha descartado en aras de un principio democrático predicado en abstracto, con exención de supuestos (lo que es antipolítico) y, sobre todo, prescindiendo de aquello que, como he tratado de recordar siguiendo a Ferrajoli, constituye al pueblo como sujeto político, su Constitución. En mi opinión, es claro que ha de respetarse el Derecho, las reglas de juego (que son sobre todo las de procedimiento) a la hora de defender democráticamente cualquier pretensión. Si no, estamos ante la ley del más fuerte, a dos pasos de la irracionalidad o del imperio de quien impone por fuerza su voluntad. Por eso el empeño que comparto (que no es “españolista”, ni sacraliza la Constitución, que no son las tablas de la ley) en sostener el respeto a la Constitución. Un respeto que por descontado incluye la posibilidad de reformarla. Y tras una reforma constitucional al efecto, reforma que tiene como reglas las establecidas al efecto en el texto constitucional y que remite al pueblo español como sujeto, cabría una consulta referendaria al pueblo de Catalunya. Si no, en el agua sucia que tiramos, va nada menos que el Estado de Derecho, el respeto a la ley, que es la garantía de la igualdad, la barrera a la que pueden aferrarse los más débiles. De otro modo, si el sentimiento se impone a la ley, ¿qué impide el bucle permanente? por qué no el pueblo aranés? Y la franja?. Por eso, aunque duelan, creo acertadas las palabras de Alvarez Junco y Fradera cuando escriben: “Convocar manifestaciones y recurrir a referéndums para forjar unanimidades solo sirve para enmascarar la complejidad de la realidad. Los problemas colectivos no pueden resolverse con sencillas preguntas a las que solo cabe responder sí/no. La democracia es más que eso: es hablar y escuchar, pensar y decidir, sobre datos y cifras, sobre intereses legítimos y sobre resentimientos ».
Acaso el problema radicaría en una deficiente o, peor, manipuladora comprensión previa del hecho de la plurinacionalidad y la pluriculturalidad: la que sostiene la doctrina que identifica las nociones etnoculturales de nación y cultura (cultura nacional, cultura en todo caso específica, diferente) y la noción política de pueblo y, además, propugna no sólo que allí donde se dan aquéllas debe existir éste, sino que debe reconocérsele el “derecho natural” a constituirse como Estado. Que esa sea la lógica que han recorrido las construcciones de los diversos Estados-nación que surgen desde el siglo XVI en Occidente y, posteriormente, de los nacionalismos que se han batido contra situaciones coloniales en lo que hemos llamado “tercer mundo”, hasta llegar a los nacionalismos “periféricos” que hoy encarnan tales reivindicaciones (de Quebeq a Cataluña pasando por Escocia), no significa que ese proceso deba repetirse inevitablemente por la vía del Estado nación.
Y quizá cabría plantearse asimismo qué significa independencia en el segundo decenio del XXI, en un rincón de Europa, en un mundo en el que la soberanía política estatal, al modo de Bodin o Hobbes es un concepto demediado, no ya frente a instancias políticas supraestatales, sino frente a instancias no políticas: las multinacionales, las entidades financieras, los mercados…Es lo que argumentan De qué quieren ser independientes los ciudadanos, los ciudadanos de Catalunya, de Escocia o del Véneto? Sólo ellos quieren la independencia? La quieren los ciudadanos que forman parte del 25S?
En definitiva, a mi juicio, se trata del mismo el error: el error de quienes se encastillan en el Estado nación como realidad irrebasable (indivisible, esencial) y consideran la Constitución española de 1978 como una especie de Tablas de le ley, expresión de una realidad más que “natural”, “sagrada”: la de la unidad de España como Estado. Pero también el error de quienes, desde el otro lado de la trinchera, rechazan para las pretensiones de autoafirmación política otras modalidades de sujeto político – como el Estado federal o el confederal o la federación multiestatal- que no sean la de convertirse a su vez en otro Estado nacional.
Quizá todo esto puede ser explicado como un debate sobre la interpretación de otro conocido texto de Spinoza: «No cabe duda que los contratos o leyes por los que la multitud transfiere su derecho a un Consejo o a un hombre, deben ser violados, cuando el bien común así lo exige» (Tratado Político, Cap.4, 6). Pero conviene tener en cuenta que ese no es un alegato para saltarse « leyes y tribunales », como ha propuesto el President Mas. Lo que Spinoza propone es la prioridad del bien común, de la cosa pública a la que aspiraba ese pequeño territorio, la República de las Provincias Unidas que, bajo la guía de Johann de Witt fue el refugio del filósofo y óptico marrano y un efímero ejemplo de sociedad civil libre y próspera. Nada que ver con la mística vacía de la nación, que es otro opio con el que se trata de eludir los problemas reales, los de desigualdad e injusticia que las políticas públicas que practican al igual hoy unos y otros nacionalistas –los que quieren « españolizar » y los orgullosos de haber « catalanizado »- no dejan de incrementar sus consecuencias sobre los más vulnerables. Como recordara El Roto, el sueño de la nación produce –cuando menos- exilios…
[1] “Afrontar el futuro con recetas del pasado”, El País, 20 de noviembre de 2012.
[2] Que esto tiene que ver y mucho con la reivindicación de un nuevo proceso constituyente como solución a la crisis profunda de la democracia, tal y como señalé al comienzo, es evidente.