GATO POR LIEBRE: MACRON (Cartelera Turia 2778)

Este lunes, si uno tropezaba con alguien que llevaba puesta la sonrisa de oreja a oreja sólo cabía una duda: o era un culé levitando por Messi o un liberal soi-dissant europeísta repasando las virtudes de Macron…Según nos cuentan, en Bruselas y allá donde more un buen europeo, todo son albricias y pan de sicomoro. Yo, perdonen Vds, prefiero sumarme a la prudencia que recomendaba Laurent Joffrin en su editorial de Liberation, con el título “vender la piel del oso…”

Primero porque, pese al verosímil <cerco republicano> contra Marine (Le Pen), ya veremos cuál es la distancia final si ésta consigue imponer como campo de discusión el enfrentamiento entre pueblo y élites parisinas, entre los buenos y viejos valores franceses y los intereses de la <mediacracia> y la oligarquía financiera a los que tan próximo está Macron, como denunciaba Melenchon. No es difícil prever que no se repetirá el abismo que separó a Chirac del Le Pen padre.

Segundo, incluso en el escenario victorioso que apresuradamente han dado por bueno Macron y los suyos, ya nada puede impedir un hecho. Y este sí, lo podemos dar por adquirido: como escribe Corinne Deloy en su policy paper de la Fondation Schuman, nada parece ya impedir que el FN se convierta cuando menos en el primer partido de oposición en Francia y esa es una enorme victoria. En efecto, aunque funcione el <cerco republicano> de la 2ª vuelta, sería un milagro sin precedentes que En Marche! (el movimiento con las iniciales de Macron, que no parece tan modesto, la verdad) alcanzara una representación relevante en la Asamblea.

Por tanto, y esta es una tercera razón para poner el freno a la euforia, parece no menos inevitable un escenario de cohabitación de Macron con el nuevo/viejo líder de la derecha republicana. Es impensable que los socialistas puedan aspirar a algo, atomizados entre los que, con Valls, ya no aspiran a otra cosa que a senescales de Macron y los resistentes a la Hamon que parecen cada vez más cerca de Asterix y los suyos (eso sí, sin poción). La izquierda insumisa podría asumir el carácter de tercera fuerza, tras la derecha y el FN, pero tiene difícil mantener la coalición que consiguió unificar Melenchon. Aunque nada es ya seguro, esa verosímil cohabitación hará que la política de Macron circule más por las vías de la vieja política por las que transita la derecha francesa, aunque se vista de ese europeísmo.

Aunque, a todo esto, ¿alguien se cree este cuento del sastrecillo filósofo, melómano y antisistema? Antisistema, un bancario liberal? Vds se imaginan a Madame Lagarde y sus colegas, temblando ante la irrupción de Macron? Va a ser gato por liebre…

 

QUE NO TE CONFUNDAN CON EL PRETEXTO DE LA CIENCIA

(Cartelera Turia, 07.04.17)

Si el lector se arma de un poco de paciencia, quiero invitarle a lo que, con esa mezcla de rigor y pedantería tan propia de los profesores universitarios, calificaría como una <reflexión epistemológica>. Y, para variar, trufada de crítica a la moralina. El que avisa no es traidor, sino buen avisador, como gusta de repetir mi colega Jorge Correa.

Empecemos por distinguir. Quede claro el respeto a la libertad de expresión. Pero lo que tiene, es que hay gente que la usa para sostener que la Astrología es un saber científico, tanto como lo puedan ser la física experimental o la bioquímica, o que las mujeres no deben tener los mismos derechos que los hombres, e incluso para proclamar que tales asertos no son una opinión, o la expresión de una creencia, sino pura ciencia. Para hacer esto último hay que tener una gran seguridad, rayana en el dogma, y pocos escrúpulos. O quizá es que una cosa lleva consigo la otra. Quiero decir que, con la seguridad que proporciona creer que uno se halla en posesión de la verdad (revelada), no hay problema en arremeter con lo que sea y, encima, hacerlo en nombre de esa verdad y aun revestirla del adjetivo -casi siempre pleonástico- de <científica> porque –y aquí se riza el rizo-, para quien tiene la seguridad de la fe, la verdad científica no puede contradecir la verdad revelada.

La Universidad Católica San Vicente Mártir de Valencia, ha enriquecido recientemente su fondo de publicaciones con algunas que son el resultado de <investigaciones> llevadas a cabo por su Observatorio de Bioética. Entre las últimas que ha puesto a disposición del público en su web, se encuentran dos, dedicadas respectivamente a la crítica de la ideología de género y al examen de la ley de transexualidad promovida desde el Consell de la GVA. Por supuesto, vaya por delante que esta Universidad, que pertenece al Obispado de Valencia, y su Observatorio –todos y cada uno de sus miembros- son muy dueños de publicar lo que estimen oportuno. Tanto como lo es cualquiera para criticarlos y sacar a la luz sus falacias, si es que así lo estima justificado.

Pues bien, quien suscribe considera obligado denunciar la falacia argumentativa propia de la concepción epistemológica (es un decir) según la cual lo suyo –lo del Observatorio, digo- es ciencia, mientras que la ley de la GVA es pura ideología perversa, <científicamente falsa>, que debe erradicarse de las escuelas por sus perniciosos efectos, que pueden llevar (según una supuesta argumentación “científica” que confieso no haber hallado) al incremento de los suicidios. Por no hablar del análisis seudocientífico que permite la <descalificación científica> de la ideología de género: me parece que se trata de los mismos seudoargumentos propios de la apologética campaña de la Asociación <Hazte oir> y de su autobús. Cada quien es libre de sostener una determinada pretensión ideológica, sobre la base de intereses, creencias, fines y valores sobre cuya oportunidad, conveniencia y justificación es posible -lo reconozco, por descontado- argumentar, dar razones. Pero de ahí a decir que todo esto se hace en nombre de la ciencia y para probar que la ideología opuesta es anticientífica, falsa, hay un abismo. Sin dogmatismos ni idolatrías cientistas, cabe pedir que no pongan sus manos sobre la ciencia. Y que no traten de confundirnos.

«Refugiados y medios de comunicación: parole, parole»

(ponencia en el encuentro Refugiados y Medios de Comunicación, 4 abril 2017, Fundación UCL-M) Puede verse la mesa , con Jesús Núñez, en https://m.youtube.com/watch?v=XuEnfJaK4y8#

 

Hay muchas cosas que nos separan a los juristas y a los profesionales de los medios de comunicación. Pero hay una que nos une: nuestro material de trabajo es la palabra, el lenguaje, los signos lingüísticos. Vale, ya sé que Vds han evolucionado mucho más que nosotros, que parecemos anclados en la Galaxia Guttemberg, aunque permítanme que es diga que eso es engañoso: ni todos, ni sólo la imprenta…Y hay otra diferencia, aunque ésta también se desdibuja: los juristas –sobre todo algunos- tienen una temible capacidad, la que describiera Humpty Dumpty a Alicia en Alicia detrás del espejo, imponer el sentido en el que utilizamos las palabras, decir que unas palabras son delito y no uso de la libertad de expresión por ejemplo…aunque esa capacidad de imposición que en nuestro caso viene dada por el supuesto monopolio de la coacción, no está tan alejada del halo de verdad que todavía para muchos ciudadanos acompaña a las palabras que pronuncia el locutor de su telediario, la conductora de su programa de radio o su periódico de cabecera (aún oímos “pero si lo ha dicho la radio, o la tele o…”)

Y por eso he titulado esta intervención con un tópico que es el título el de una maravillosa canción, Parole, parole, compuesta en 1972 por Gianni Ferrio, Leo Chiosso y Giancarlo del Re, es decir, que sólo la recordarán los más viejos del lugar, que se impuso sobre todo en una versión cantada por Mina y Alberto Lupo (aunque hay otra popular de Dalida y nada menos que Alain Delon), en el álbum cinquemillaquarantatre, en el que Mina cantaba también Fiume Azzurro (Sobreviviré, en la versión que hizo popular Mónica Naranjo) y es un precedente lejano y mucho más digno de los descacharrantes pimpinella…

Lo que quiero decir es que entre juristas y medios de comunicación hemos contribuido a construir un océano de palabras e imágenes en las que naufragan centenares de miles de personas y, de paso, en el que ha naufragado la Unión Europea. Sí, hay profesionales de ambos gremios que han tratado y tratan de rescatar las palabras, el relato, la realidad. Pero son los menos.

Quiero hacer algo tan sencillo como recordarles algunos ejemplos que nos muestran, sí, las perversiones del lenguaje que hemos acuñado y que son la leña con la que se ha atizado lo que, con permiso de Jesús Núñez y sin que signifique que me haya contagiado de la euforia belicista que embarga a la pérfida Albión, me atrevo a calificar como <clima de guerra contra inmigrantes y refugiados> por parte de no pocos Gobiernos de la UE, a los que ha acabado por ceder la propia UE.

Parece que fue Esquilo quien dejó escrito hace unos años aquello tan repetido de que la primera víctima de cualquier guerra es la verdad, algo que saben mejor que yo Jesús y algunos ilustres periodistas que intervienen en este coloquio.

Por ejemplo, la verdad de que se han impuesto tres radicales inversiones del concepto de refugiados:

La primera es que hablamos de lo que no llegan a ser, porque se lo impedimos: en el mejor de los casos no son refugiados sino que son asylum seekers, porque buena parte de nuestro empeño, buena parte del arsenal jurídico y comunicativo, está orientado a que no lleguen a serlo nunca, es decir, a privarles de la protección de derechos que es el núcleo de la cuestión: si existe un derecho, quién es su titular y quiénes son los titulares del deber correspondiente, esto es, de su reconocimiento y garantía. Luego les pongo algunos ejemplos de la destrucción, del vaciamiento del derecho de asilo.

La segunda es que quienes son víctimas a proteger se han convertido en amenazas frente a las que, contra las que hay que protegerse. Sí, la estigmatización de los refugiados como sospechosos, que acumulan otros estigmas previos (por ejemplo, etnoculturales, como la islamofobia), esto es, la suma de ignorancia y prejuicio que, desde Allport, sabemos que está en la base de la construcción del fobotipo, no es obra de Trump y de sus insidiosos intentos por ahora contenidos gracias a la resistencia de la sociedad civil norteamericana y la fortaleza de su sistema de división de poderes. La UE, los Gobiernos de la UE, con la ayuda de una determinada interpretación de las herramientas jurídicas del derecho de asilo (por ejemplo, la atrabiliaria Sentencia del pasado 4 de marzo de la Corte de Luxemburgo a favor de Bélgica en el asunto de visados humanitarios, por no hablar, evidentemente del malhadado Convenio entre la UE y Turquía, del uso de la noción de país seguro y de otros mecanismos del sistema de Dublín, etc) es decir, con lo que algunos juristas venimos denunciando desde hace años como xenofobia institucional, y con el inestimable concurso de los medios de comunicación, han conseguido lo intolerable: destruir la presunción de inocencia y el favor libertatis a favor de los demandantes de asilo.

La tercera, el vaciamiento del contenido jurídico del derecho de asilo desde la Declaración del 48 y, sobre todo, del marco convencional de Ginebra y N.York del que son Estados parte y por tanto sujetos obligados todos los Estados de la UE: señal de ese vaciamiento es la adopción de un mecanismo de deportación disfrazado de devolución a país seguro mediante el Convenio con Turquía, un país que, LEGALMENTE, no acepta como refugiados al 99% de los que reenviamos como tales. O el novedoso principio procedimental one in, one out, contenido en ese Convenio y que sería inaceptable para cualquier derecho fundamental, la vida o la libertad de expresión, por ejemplo. el escándalo de la transformación de los campos de acogida conforme a ese sistema convencional, en campos de concentración, como los actuales hotspot. Señal de ese vaciamiento es la mercantilización adoptada por el noble y democrático Parlamento de Dinamarca, o el clandestino pago en Ceuta y Melilla a los gendarmes marroquíes, o el negocio de los visados. Señal de ese vaciamiento es lo que está sucediendo en Ceuta y Melilla con una aplicación selectiva y discriminatoria de quienes son admitidos a la presentación de demanda de asilo, donde brillan por su ausencia los subsaharianos: de nuevo, nada que envidiar a Trump.

Pero quizá lo más grave es la “naturalización” de un discurso de defensa y seguridad (patente en el Consejo Europeo de Bratislava y en el de Malta), por encima del discurso de policía y orden público y por encima del discurso de derechos, del espacio de libertad, justicia y seguridad. Se comenzó por la típica y falaz contraposición de derechos, ya utilizada en la justificación de políticas migratorias, “o ellos o nosotros”, pero ya estamos abiertamente en un discurso de guerra, con el recurso a la presencia de la OTAN en las operaciones en el Egeo y en el canal central del Mediterráneo y con la pretendida justificación del recurso a Libia en la operación de externalización de las expulsiones de los desechados (Bauman, industria del desecho humano) en los hotspots, acelerada con la vuelta de tuerca del Plan de Retorno anunciado el 4 de marzo, que incrementa los riesgos de la denostada directiva de retorno del 2008, que contribuyó a reforzar el papel de los CIE, con el aliciente de incentivar hoy lo que ya intentó la presidencia española de la UE, con el Gobierno Aznar, el 22 de julio de 2002, en el Consejo Europeo de Sevilla, externalizar esos campos y así, desentendernos, lavarnos las manos, respecto a la suerte de los derechos humanos de esos desechos

Identidad, ciudadanía y derechos: del estereotipo al fobotipo

(Ponencia en el coloquio internacional «Stereotypes et processus d’estereotypisation dans la formation et la consolidation des identités nationales aux XIX-XXI siècles», Univ Paris Sorbonne III, 16 marzo 2017)

 

Sobre la dialéctica asimétrica del estereotipo

No pocas de las intervenciones en nuestro coloquio se centrarán en el examen del papel de los tópicos y estereotipos en el proceso de construcción de la identidad nacional española y de las identidades de diferentes naciones en España. Y subrayan que hay una relación dialéctica, de asimetría (porque hay una relación de poder), que se expresa a través de las diversas manifestaciones de la mirada del otro y sobre el otro. Eso sucede en muchos campos: de la música a la danza, de la literatura al cine, como veremos en diferentes ponencias. Se ejemplifica en particular en la mirada del viajero y sobre el viajero, fuente inagotable de estereotipos sobre España y sobre los extranjeros que nos visitan (Barrows, Mallarmé, Blanco White, etc), conforme a lo que a mi juicio simboliza por antonomasia el libro de Jonathan Swift Los viajes de Gulliver.

Sin duda, no podemos ignorar el carácter dialéctico del proceso de esterotipación que, en definitiva, es uno más de los escenarios de la construcción del otro desde nuestra mirada: así sucede no sólo con los estereotipos nacionales (que siempre lo son por referencia a los no nacionales) sino también -y muy significativamente hoy en particular- con respecto a la construcción de la identidad de los otros extremos, esos respecto a los que Todorov y, a mi juicio, Agamben y Bauman han llegado a llamar <parias>, <desechos humanos>, esto es, los refugiados e inmigrantes.

Así ha sucedido y sucede a mi juicio con la construcción de la categoría de ciudadanía y sobre todo, con la evolución del proceso de su atribución, o, mejor, su negación, esto es, la progresiva y radical dificultad para acceder a ella. El rechazo, en suma, de eso que, recordemos, los juristas siguen llamando “naturalización”, un sustantivo extraordinariamente significativo. Ese es un ejemplo de estereotipo que incluye, como casi siempre, su fobotipo: lo nuestro, lo nacional, es natural. El otro, es una anomalía. Y, como siempre, es así porque nosotros, desde la asimetría de la posición de poder, así lo imponemos.

En ese proceso de construcción de esos otros como alguien radicalmente ajeno a la ciudadanía, suele destacarse el papel de los media (incluidas hoy las redes) y de la educación, pero yo quisiera poner el énfasis sobre los instrumentos jurídicos de ese proceso, sobre la contribución que se hace desde las diferentes instancias jurídicas al proceso de estereotipación que hay detrás de la ciudadanía. Pues bien, creo que es a través de los mensajes jurídicos de diferente naturaleza como se ha construido el discurso que equipara diferencia cultural y desigualdad y, por consiguiente, niega el acceso a derechos fundamentales y sobre todo a derechos políticos y a la ciudadanía a esos otros, extremando así las viejas tesis de Hungtinton y Sartori, sobre colectivos inasimilables, incompatibles con la democracia, incluso cognitivamente, como desarrollara durante el nazismo la doctrina alemana del Derecho penal del enemigo que hoy ha sido recuperada.

Pero antes de volver a recordar el papel particular que juega el estereotipo en el discurso jurídico, quizá convenga alguna reflexión sobre el concepto mismo de estereotipo y su lugar en el discurso jurídico.

¿Cómo entender el estereotipo y el recurso a la acción de estereotipar en los discursos relativos a la formación de la identidad nacional?

Los organizadores de este coloquio internacional nos han recordado que “Les chercheurs ayant travaillé sur les stéréotypes s’accordent à dire qu’il s’agit d’une notion difficile à appréhender, aux contours flous et avec des fonctions diverses. Cliché, poncif, idée reçue, lieu commun, opinion, image, représentation, croyance, doxa, autant de termes qui lui sont associés, voire utilisés indistinctement pour y faire référence”. Permítanme recordarles lo elemental, esto es, cómo definen las Academias el estereotipo, y el proceso de estereotipar. En el caso español, estereotipar es “Fijar mediante su repetición frecuente un gesto, una frase, una fórmula artística, etc”. Por su parte, estereotipo, es definido como “Imagen o idea aceptada comúnmente por un grupo o sociedad con carácter inmutable”, y estereotipia, en su  4ª acepción, es “Repetición de un gesto, acción o palabra, característica de algunos trastornos mentales”.

Si acudimos al francés, por ejemplo, al petit Robert, <stereotyper> como verbo consiste en “Répéter ses gestes, ses expressions sous une forme invariable, de façon quasi automatique”, y las dos definiciones de <stereotype> que encontramos son: a) “Expression ou opinion toute faite, sans aucune originalité, cliché”; b) “Caractérisation symbolique et schématique d’un groupe qui s’appuie sur des attentes et des jugements de routine”. Y si queremos definir <stereotypie>, podemos elegir entre a) “Branche de la clicherie qui permet la multiplication de formes de textes et de clichés typographiques par moulage à partir d’une matrice”, y b) “Répétition d’une attitude, d’un geste, d’un acte ou d’une parole, sans but inteligible”.

De ahí, a mi juicio,  el acierto de la referencia que las organizadoras han hecho al conocido pasaje de Barthes en su Roland Barthes par Roland Barthes, « La vérité est dans la consistance, dit Poe (Eurêka). Donc, celui qui ne supporte pas la consistance se ferme à une éthique de la vérité ; il lâche le mot, la proposition, l’idée, dès qu’ils prennent et passent à l’état de solide, de stéréotype (stéréos veut dire solide) ». De donde la interrogante que nos plantean las profesoras Galeote y Ostolaza en su presentación del coloquio: “Le stéréotype est-il alors une solidification de la pensée, dans le sens d’immobilisation?”

La respuesta, a mi juicio, es afirmativa. La dimensión de fijación, mecanicidad, la insistencia en la solidez obtenida por la repetición, que tanto acercan el estereotipo al tópico (una clave para entender cómo maneja el Derecho el estereotipo) parece, sin duda, una clave[1]. Y parecería que su función social, la razón del recurso a los estereotipos es la que, de nuevo, nos ofrece Barthes: “N’est-il finalement qu’un élément de confort identitaire pour les membres du groupe ou de la communauté qui l’utilisent”. Sólo una sombra cabe oponer a esta caracterización: ¿en sociedades plurales, interrelacionadas e interdependientes y de ritmo sumamente acelerado, todavía juega su función el estereotipo? No es propio más bien de sociedades premodernas?

 

 

Sobre el recurso a los estereotipos en el ámbito del Derecho

Pues bien, déjenme que sugiera que si hay un instrumento social, una herramienta con vocación de solidez, de duración, incluso de inmovilidad, ese es o, al menos, ese pretende ser el Derecho. Esa vocación se encuentra tanto en su formulación naturalista (la que subyace al brocardo ibi societas ibi ius), como en la propia de las diferentes manifestaciones dl iusnaturalismo: desde luego, la del iusnaturalismo racionalista que postula la necesidad del Derecho como postulado inseparable del necesario pacto social, incluso, como se atreve a decir Grotius, etsi Deus non daretur.

Es verdad que el positivismo hace pensable que eso que llamamos Derecho, pueda no ser una realidad indefectible ya que, si talis societas tale ius, en una sociedad distinta, una sociedad en la que los recursos no sean escasos (la hipótesis de Hume antes que Sain Simon proponga la parábola del industrial), o una sociedad en la que no existiera la desigualdad instituida por la propiedad (Rousseau, de nuevo antes que Marx y Engels) el Derecho no tendría razón de ser. Pero el positivismo asentará la tesis de que el Derecho es útil, como ritmo de la vida social.

Pues bien, lo que aún más me interesa recordar es esa obviedad de que lo que nosotros consideramos <Derechos modernos> y que, no olvidemos, son Ordenamientos jurídicos nacionales, arrancan de un proceso jurídicopolítico marcado por la ideología que hace posible la aparición de los Estados modernos como Estados nacionales. Un proceso que, como se ha explicado hasta la saciedad, en el XVIII y comienzos del XIX pasa por el modelo de positivismo legalista propio del molde revolucionario francés, conforme al que se acuñarán la mayor parte de los sistemas jurídicos continentales. Es así como el nacionalismo de matriz romántico cede a una óptica constructivista del nacionalismo. Así, por decirlo en palabras del politólogo español Ramón Maíz, “el nacionalismo no resulta ya considerado como la manifestación o exteriorización de una nación objetivamente dada, sino que, al contrario, es la nación misma como sujeto político, como soberana[2], la que constituye el producto, siempre dinámico e inacabado, de un proceso complejo de construcción política y social que tiene lugar, bajo el impulso del nacionalismo en competencia con otras fuerzas e ideologías, en determinados contextos culturales, económicos y políticos” (Máiz, 2008, p. 146).

Y ahora llego al propósito ya anunciado de mi intervención. Tratar de ejemplificar cómo el estereotipo, en cierto modo, es un producto obligado del Derecho, incluso su arquetipo. Es así precisamente por la principal función social atribuida al Derecho, que no es otra que la de proporcionar  seguridad, crear referencias sólidas, que duren, aunque eso suponga pagar el precio de que los molinos del Derecho no giren a la misma velocidad que los de la vida social y el Derecho se convierta así –o, mejor, pueda ser percibido por las vanguardias- no sólo en un instrumento inevitablemente conservador, sino reaccionario.

Ello es así, porque como advirtiera Durkheim, el Derecho es un instrumento para fijar el ritmo de la vida social. Bajo coacción, los mensajes/mandatos normativos consiguen una regularidad de conductas que permiten construir el estereotipo. Conforme al conocido diagrama de Ross, la validez del Derecho es una categoría metafísica, pues lo que cuenta, en realidad, son dos factores: la sanción y el hábito de obediencia, que producen a su vez la generalización de la conducta obligatoria que se considera válida en la medida en que la generalización del hábito, su automatismo,  hace tácita o, mejor, esconde la verdadera razón de obedecer. El momento de generalización, irrenunciable en el Derecho por su dimensión normativa, se encuentra hoy, sin embargo, sometido a crisis precisamente por el avance de las manifestaciones de la pluralidad social que hace mucho más difícil la generalización de la conducta de obediencia a la norma.

No podemos olvidar, por ejemplo, que -en relación con las políticas migratorias y de asilo- una parte de los instrumentos jurídicos, los propios del Derecho de migración y extranjería[3] -pero evidencian la contribución desde el Derecho, contribución que considero capital,  para fijar como sólidas (como estereotipos), gracias al aparato sancionador que les acompaña, categorías que son completamente discutibles.

 

 

Los estereotipos en la construcción jurídica del titular de derechos y de ciudadanía

Les propongo que consideren un estereotipo como el de <inmigrante ilegal>, pero incluso la condición de los diferentes status de extranjería, o la noción misma de inmigrante o la de refugiado. Y creo que es aquí cuando se advierte la fuerza dialéctica del fobotipo como complemento del estereotipo…

En efecto, tomemos como objeto de investigación de la construcción de estereotipos el que nos ofrecen los derechos de extranjería, migración y asilo en los últimos 40 años en los Estados de la UE, e incluso por la propia UE, en los que hoy se ha subdividido a la antigua categoría común, cuya definición no es más que esta, negativa: la condición del que no es ciudadano, porque no es nacional…pero han quedado así acuñadas para la opinión pública: inmigrantes “ilegales”, por “irregulares”, y no digamos nada de la transformación de la noción de refugiados que hoy ya no responde al concepto canónico del artículo 13 de la Declaración de derechos humanos ni a su desarrollo en el artículo 1 de  la Convención de Ginebra del 51. Son conceptos zombie, en el sentido en que sostiene Beck.

Es por esa razón por la que no encuentro otro más claro que el examen de las legislaciones de extranjería/inmigración, que han modificado sus viejas normas sobre nacionalización (habitualmente presentes en la Constitución o en el Código Civil) para desarrollar mecanismos reglamentarios en los que se concreta las condiciones y procedimiento del acceso (de la obstaculización del) acceso a la ciudadanía

Qué es lo que puede tener tanta fuerza como para vencer el prejuicio de nuestra mirada sobre el otro, extranjero qua no nacional, para admitirlo como ciudadano? Pareciera, si tuviéramos que atenernos a la propuesta que hoy se lleva a cabo en España, que los tests <cognitivos> de la legalidad y del sistema de vida sustituyen al elemento emocional, tan querido en la política impulsada por Sarkozy, primero como ministro del Interior y luego como Presidente de la República (la exigencia de “amar a Francia”). Pero en realidad no es así: no bata con conocer los estereotipos nacionales que nos ofrece la legislación. Primero, porque esos test de conocimiento no miden capacidad de integración: salvo que se sea un platónico irredento, no podemos sostener que conocer el bien asegure actuar virtuosamente. Si así fuera, deberían exigirse a los propios ciudadanos. Segundo y más importante, porque nos acercamos en este momento en la Unión Europea a lo que se ha dado en llamar <democracias emocionales>. El pendant social que vivimos los europeos se orienta a sostener que la transmisión de identidades ficticias, épicas en su confrontación con el otro (los estereotipos y sus correspondientes fobotipos) cuya posesión hace posible que ese otro forme parte del nosotros, solo es posible a través de un proceso de catarsis, de auténtica conversión, de depuración o purificación, como se pidió por ejemplo en algunos de los Estados del antiguo bloque soviético, en diferente grado (no es lo mismo el caso de la ex República Democrática Alemana que el de Hungría  ni, sobre todo, el de Polonia). Y no, definitivamente ese es un camino poco conciliable con el respeto a los derechos humanos y al pluralismo sin los que la democracia y el Estado de derecho quedan vacíos.

 

 


[1] Y es así como entiendo los objetivos del proyecto que está realizando el CRIMIC, el marco en el que se nos invita a debatir: “Il s’agit d’analyser les processus de construction et d’élaboration des stéréotypes, mais également les processus de réappropriation de ceux-ci (réception, incorporation et/ou instrumentalisation). Cette approche va nous permettre d’analyser l’articulation entre les identités nationales au sein de l’Europe, entre ces dernières et les identités régionales mais aussi, d’une manière plus recentrée, entre des groupes à une échelle plus réduite. De même, nous interrogerons la notion de fracture au sein de ces identités nationales. Le caractère global que nous souhaitons donner à nos recherches a pour objectif de mieux appréhender la question des stéréotypes dans son ensemble et depuis ses diverses manifestations puisqu’il s’agira, in fine, de participer à la théorisation de ce concept multiforme, ainsi qu’à l’étude de ses implications sur la construction des identités nationales.

[2] Soberana en la clásica noción de soberanía de Bodin (poder originario, absoluto, ilimitado, irrestricto), hoy, por cierto, completamente insostenible, lo que constituye una paradoja del proyecto político de buena parte de lo que se da en denominar <nacionalismos emergentes> o <periféricos>…

[3] En realidad, estos contagian a otros sectores básicos del Derecho, el civil, el administrativo y el penal y a su vez presuponen, por cierto, una concepción etnocultural, nacional, que subyace al Derecho constitucional, sobre todo en su primera fase (no tanto en lo que llamamos Estados constitucionales o constitucionalismo como ideología jurídica del postpositivismo), por más que los liberales lo nieguen desde su concepción de universalismo abstracto, que ha sido denunciado desde concepciones postpositivistas.