LA CONDENA DE LOS REFUGIADOS (versión ampliada del artículo publicado en Infolibre, 27 de junio de 2023)

Alguna vez he recordado que la maldición que parece acompañar a quienes se ven obligados a abandonar su hogar porque necesitan refugio, parecería remontarse a la expulsión de Adán y Eva del paraíso, el castigo que reciben para  purgar la pena por desobedecer la norma básica de su creador, probar la fruta del árbol del bien y del mal, y con ello haber dado paso a la libertad de juicio, o lo que es lo mismo, a la condición de ser humano.

Lo más terrible es que semejante prejuicio sobre la condición sospechosa del que huye a la busca de asilo, parece incrementarse hoy, precisamente cuando un número cada vez mayor de seres humanos necesitan de respuestas que les proporcionen ese mínimo imprescindible de protección, basado en un mandato multisecular y transcultural, el que obliga a ofrecer hospitalidad al extranjero. Y ya no sólo por huir de la guerra o de persecuciones por sus creencias o convicciones políticas, o por su pertenencia a grupos estigmatizados (por religión, etnia, opción sexual), sino también como consecuencia de la destrucción de recursos naturales, de la hambruna, del desastre climático: los nuevos desplazados que, según todas las previsiones, serán la mayoría de los que se verán obligados a abandonar su tierra antes de diez años.

La conclusión es sencilla: ese mandato civilizatorio que exige dar cobijo al extranjero que llega a nuestras tierras (como lo expresa la mitología griega o la historia de Ruth y Booz) , un imperativo multisecular, casi inveterado, que nos habla de una condición común a todos los seres humanos, de una noción de igual dignidad y un vínculo de solidaridad abierta, está hoy, más que nunca, en entredicho.

Todo lo anterior tiene reflejo en algunas falacias y mentiras en torno a la condición de refugiados, que se han abierto paso de forma tramposa en el lenguaje común, en el que encontramos en la calle, y también, a mi juicio de forma irresponsable cuando no culpable, por ausencia de visión crítica y voluntad de explicar la complejidad sin recurrir a píldoras simplificadoras, en buena parte de los mensajes que distribuyen los medio de comunicación. Basta echar una ojeada a los titulares que oscilan entre la lágrima de cocodrilo ante la enésima “tragedia en el mar” y el manto de sospecha ante la amenaza de invasión incontrolada que suponen millones de personas que supuestamente están al acecho en nuestras fronteras, esperando la menor oportunidad de “colarse”, para disfrutar de nuestro nivel de vida y nuestros derechos, sin merecerlo, porque no son de aquí. Permítanme que les recuerde dos de ellas.

La falacia básica: dejemos de hablar de refugiados

Quiero llamar la atención sobre una primera falacia, un uso lingüístico absolutamente indebido, por tramposo. Hablamos de millones de refugiados, cuando en sentido estricto refugiados sólo lo son las personas que han conseguido obtener ese estatuto jurídico internacional, después de conseguir presentar una solicitud y de un proceso las más de las veces semejante a un laberinto de incertidumbres –si no de arbitrariedades–, una carrera de obstáculos que parecen destinados a acumular vallas que impidan alcanzar la meta. Por eso propuse hace años que respecto a los refugiados y a los inmigrantes valía la expresión “vayas donde vayas, vallas”. 

Todas las estadísticas fiables, las de ACNUR o las de la OIM, nos muestran que son cada vez más los millones de personas que necesitan obtener la protección que no tienen en su hogar –donde les persiguen, donde una vida digna es imposible– y arriesgan sus vidas y las de sus hijos, sus familias, en viajes que son hacia la muerte en muchísimos casos, en los que emplean años de penalidades y violaciones espantosas de derechos, que luego se multiplican en burocracias desesperantes. Y sin embargo, son cada vez menos los que obtienen esa respuesta positiva, esa protección. Lean por ejemplo el informe 2023 de CEAR, o las advertencias de la red ECRE sobre el enésimo empeño de la UE en reiterar las falacias y prejuicios en los instrumentos jurídicos del Pacto europeo de migración y asilo, que he tratado de explicar recientemente. Por eso, deberíamos dejar de hablar de caravanas o barcos de “refugiados”, de naufragios o de muertes de “refugiados”, o incluso de campamentos de “refugiados”, que más parecen campos de concentración, como en las islas griegas, o modernos contenedores humanos, como los barcos para confinar a solicitantes de refugio e inmigrantes irregulares, que han inventado en la civilizada Gran Bretaña de Sunak

Más valdría que dijéramos sin eufemismos que ponemos todo nuestro empeño y nuestros recursos en tratar de impedir que quienes buscan asilo o refugio (asylum seekers, como se dice más correctamente en inglés), o una forma subsidiaria de protección internacional, puedan convertirse de verdad en refugiados. Lo último, lo inventó Dinamarca y lo ha patentado del Reino Unido: hacer que no puedan ni siquiera plantear su solicitud en nuestra tierra sino enviarlos a otro país, a poder ser lejos y que no cumpla con los más mínimos estándares de derechos humanos, para que se gestione allí esa solicitud. Aunque, a decir verdad, esta ingeniosa medida, que ya intentaron implantar otros gobiernos europeos hace muchos años –junio de 2002, en el Consejo Europeo celebrado en Sevilla siendo Aznar presidente del Gobierno–, tiene una indiscutible patente australiana. Es esa antigua colonia británica la que se adelantó en el alquiler de islas, para confinar en ellas a quienes tuvieran la osadía de querer llegar al paraíso australiano.

 

La trampa de nuestra hipocresía: el miedo a tomar en serio el coste electoral de la defensa de los derechos de los otros

La segunda falacia tiene que ver con nuestra hipocresía. Salvando la honrosa actitud que ejemplificó la canciller Merkel en la crisis de 2015 y que tuvo un coste político terrible, porque dio alas a los extremistas xenófobos, racistas y neonazis de AfD, lo que cala en la opinión pública europea es ese mensaje de discriminación, prejuicio y de claro menosprecio de obligaciones jurídicas elementales que nos impone el Derecho internacional de refugiados., que como ha sido ratificado por todos los Estados europeos, forma parte de nuestro propio Derecho, como el Código civil o la ley hipotecaria.

Es preciso denunciar la hipocresía que permite que lleguemos a ésto: es una exigencia no sólo moral, sino jurídica y política la que nos impone denunciar la indiferencia, si no el miedo de los demócratas europeos a perder votos por ser coherentes con esas obligaciones: “Cosa de idealistas ingenuos o buenistas”, es la respuesta que solemos oir. La mayoría de los spin doctors, de los más reputados especialistas en el análisis “realista” de previsiones electorales, sentencian sin el menor rubor en tertulias y sesudos análisis que un mensaje de respeto a los derechos humanos de migrantes y refugiados equivale al hundimiento electoral y, por tanto, es un error. Parece que no tenga cabida el mensaje de Atticus Finch: no se emprende esa batalla por el afán de ganarla, una vez que se han hecho los sondeos que nos permiten pensar que vamos a vencer, sino que damos esa batalla porque se debe hacer, so pena de renuncia a nuestras convicciones.

Oponerse a esta condena que sufren quienes buscan refugio, quienes quieren llegar a ser refugiados, no es una manía de buenistas. Es una obligación de demócratas, insisto. Subrayo demócratas, porque esto no es un asunto de izquierdas, sino de respeto a los derechos humanos y al Estado de Derecho. Por eso he escrito hasta la saciedad que con esa monserga seudocientífica y “realista” lo que está en riesgo es el naufragio de Europa, por la quiebra de su núcleo fundacional, que es el respeto del Estado de Derecho, del principio de elemental legitimidad que es la prioridad de los derechos humanos, por ejemplo, de la obligación de socorro a quien está en peligro, en lugar de enzarzarse en si se encuentra un centímetro más allá o acá de nuestra SAR o de nuestra frontera. Olvidar esos principios elementales significa legitimar los mensajes de los Orbán, Moraviecki o Salvini y Meloni. Los mensajes que, según han reconocido los líderes más extremistas del ya de suyo extremista Vox, quieren copiar en España. Aceptar esos planteamientos (admitirlos en pactos electorales con ellos) sería una renuncia culpable a poner pie en pared frente a quienes discriminan en el reconocimiento de derechos, algo que hoy ya sólo parece hacer el papa Francisco. 

Salvo que dejemos de lado la hipocresía y admitamos de una vez que no son refugiados, porque no queremos refugiados, y que no debemos llamarles así y por tanto debemos dejar de engañar a la opinión pública, porque en realidad no queremos asumir el coste de respetar ese derecho elemental, que pertenece a la mejor tradición civilizatoria de la humanidad.

LA CAUSA DE LOS TAURÓFILOS (capítulo en el libro Tauromaquia. Papers per al debat, Diputació de València, junio 2023)

Quienes tenemos como herramienta de trabajo las palabras y entre ellos, en particular, los juristas, llevamos aprendida la lección de Humpty-Dumpty a Alicia: “Cuando yo uso una palabra, insistió Humpty Dumpty con un tono de voz más bien desdeñoso, quiere decir lo que yo quiero que diga… ni más ni menos. La cuestión -insistió Alicia- es si se puede hacer que las palabras signifiquen tantas cosas diferentes. La cuestión -zanjó Humpty Dumpty- es saber quién es el que manda… eso es todo». Precisamente por eso, tenemos bien presente lo que cuesta cambiar el significado atribuido a un término cuando quien manda en el lenguaje, el pueblo que lo usa, ha convenido mayoritariamente atribuirle otro. Creo que es lo que sucede con “taurófilo”, una palabra que en sentido literal significa amante de los toros. Y, correlativamente, con “antitaurino”, es decir, quien está contra los toros.

En España, si se pregunta en la calle, le dirán que <amante de los toros> (“taurófilo”) es aquel a quien le gustan los denominados “espectáculos taurinos”, esto es, las corridas de toros y los festejos populares en los que los toros son protagonistas, aunque debería decirse más bien que lo es su sufrimiento, el de los toros. Hace mucho tiempo que perdimos esa batalla, y que se conoce como “antitaurinos” a quienes nos oponemos a esas costumbres y espectáculos, cuando -a mi juicio- quien debería merecer ese calificativo es quien causa daño a los toros. La Real Academia ha consagrado ese uso y así, la primera acepción de la voz <antitaurino> es ésta: “Contrario a las corridas de toros o a otros espectáculos en los que intervienen estos animales”.

En lo que sigue, trataré de recordar algunos de los argumentos por los que aquellos que nos consideramos taurófilos sostenemos que, precisamente por respeto a estos animales y por el rechazo a la violencia, a la crueldad y al sufrimiento gratuitos, las corridas de toros y los espectáculos taurinos deben ser prohibidos. Para ello habrá que recordar nuestros argumentos frente a quienes apoyan estas “fiestas”, desde una supuesta defensa de la libertad, de la tradición y aun del arte. En el trasfondo, evidentemente, subyace una controvertida cuestión de filosofía moral, jurídica y política, la del sentido de la noción derechos de los animales. Comenzaré por un breve resumen de ese debate de fondo, para luego exponer la crítica a los argumentos de los antitaurinos que, como digo, ignoran que lo son.

La reducción especista de los sujetos de derechos: la cuestión de los derechos de los animales

Desde el punto de vista de la teoría de los derechos humanos y fundamentales, la cuestión de quiénes son titulares de esos derechos está resuelta aparentemente en términos de una obviedad, que apenas oculta una tautología, por no decir una petición de principio: los seres humanos, todos y sólo los seres humanos, son los titulares de los derechos humanos. Y eso porque, se nos dice, es consustancial a la dignidad, un atributo a su vez privativo de los derechos humanos, una condición ontológica del ser humano. Por eso, una mayoría de los filósofos morales sostienen que hablar de derechos de los animales es un ejemplo de confusión moral y prefieren hablar, en todo caso, de nuestros deberes hacia ellos, que no derivarían de otra razón más que de la propia exigencia de perfección moral, de nuestra superior dignidad.

Si se pregunta en qué consiste a dignidad y por qué es privativa de los seres humanos, la respuesta -insisto- suele ser circular: sólo los seres humanos tienen dignidad y la dignidad es un atributo exclusivo de los seres humanos. Dicho de otra forma, sólo los seres humanos tienen valor, y no precio y ello se ilustra con conocidas citas filosóficas, como la de Séneca, para quien el ser humano es algo sagrado para todo ser humano[1], pasando por los humanistas, como Pico della Mirandola, el autor de la Oratio de hominis dignitate, también conocida como Oratio elegantissima (1478)[2], hasta llegar a su mejor formulación en la filosofía moral de Kant, para quien el ser humano, como ser autónomo, dotado de razón y libertad, siempre es un fin, no un medio: “siendo un fin en sí mismo, cada ser humano es único y no puede ser sustituido por nada ni por nadie, porque carece de equivalente…”no posee un valor relativo, un precio, sino un valor intrínseco llamado <dignidad>”[3]. Los filósofos de la moral y del Derecho sostienen mayoritariamente ese argumento: sólo los seres humanos son agentes morales y por tanto sólo ellos son titulares de derechos.

De ello se deduciría que el resto de los seres vivos son un medio y más específicamente un medio al servicio del ser humano, que debe disponer de ellos en términos de propiedad. No en balde esa construcción romana que es el derecho de propiedad y del que en rigor sólo es titular el paterfamilias y se extiende a su propia familia, a los esclavos y a los animales y bienes, será el arquetipo sobre el que la dogmática iuspublicista alemana construirá la teoría de los derechos públicos subjetivos que está a su vez en la base de la teoría de los derechos humanos y fundamentales.

Hoy, sin embargo, sabemos bien que esa noción de derechos subjetivos y su atribución exclusiva al ser humano[4], está cargada de un prejuicio ideológico, el que es propio de lo que MacPherson denominara la ideología del individualismo posesivo[5], y, además, de una concepción que, en lugar de científica, se ha ido mostrando como propia de otro prejuicio, el antropocentrismo o, más exactamente, el especismo[6]. Desde el XVIII, con la referencia al famoso alegato de Bentham[7], se abre paso una consideración de los animales no humanos como sujetos con sensibilidad, conscientes del sufrimiento y, por tanto, con intereses moralmente relevantes, dignos del tipo de protección jurídica que llamamos derechos. Los progresos en neurociencias, etología y biología han puesto de relieve que no tienen fundamento las supuestas barreras diferenciales entre los animales no humanos (una gran parte y no sólo los primates o los mamíferos superiores) y los humanos: comenzando por la autoconciencia, como puso de manifiesto la “Declaración de Cambridge sobre la conciencia”, adoptada en 2012 en el curso de la Francis Crick Memorial Conference on Consciousness in Human and non-Human Animals [8], y a añadir la capacidad de adaptar y transformar el medio, la acción comunicativa, la valoración de las conductas y de los intereses de los otros, etc.

El argumento, pues, resulta sencillo de exponer. Los animales no humanos, en la medida en que son capaces de tener autoconciencia y, con ello, de rechazar el sufrimiento, son titulares de intereses morales relevantes, que se deben proteger. Pues bien, eso es lo que llamamos derechos, que existen aun cuando sus titulares no sean capaces por sí mismos de protegerlos o de expresar su voluntad de reivindicarlos, como sucede en el caso de los niños, o de personas que padecen discapacidades cognitivas.

Ahora bien, a mi entender, la cuestión no es sólo ni primordialmente de carácter técnico-jurídico, sino que, como han señalado entre otros filósofos y juristas como Francione, Singer y, con mayor claridad, Kymlicka y Davidson[9], obliga a que nos planteemos una dimensión radicalmente política, relativa al sentido de los fines y medios que definen una sociedad justa o decente. Porque, como señalan quienes proponen una ética biocéntrica, como Fernández Buey o Riechman[10], es necesario superar la visión del mundo que nos lleva a construir, a ser partícipes de un orden de las cosas en el que resulta aceptable dominar y oprimir a otros: las mujeres, los niños, los negros, o los animales. Una concepción civilizatoria que trata a los animales como medios a nuestro servicio (para nuestro placer, diversión, salud, o utilidad económica), y que ha erigido el modelo más abusivo de propiedad como el paradigma de lo que llamamos derechos. Por eso, la cuestión no es la pertinencia de utilizar o no lo que denominamos derechos cuando hablamos de los animales no humanos, sino precisamente las razones, los argumentos que nos presentan como obvia la impertinencia de los derechos cuando hablamos de animales no humanos. Y esto tiene importantes consecuencias. Por ejemplo, la que señalan quienes sostienen que la lucha por los derechos de los animales no humanos, en la medida en que significa básicamente el reconocimiento del derecho a no ser propiedad, exige la abolición de la explotación animal institucionalizada, como propone la Declaración de Montreal del GREEA[11].

El problema, insisto, es que eso no es sólo ni primordialmente una batalla legal, o jurídica, sino que exige un cambio revolucionario en elementos clave de nuestro sistema de vida, como, por ejemplo, la industria mundial de la alimentación. Se trata de una verdadera revolución del espíritu humano, una nueva concepción civilizatoria, por muy descorazonador que esto suene para quienes apoyan esta causa, porque sitúa el objetivo más allá del alcance de las generaciones presentes. Por lo demás, es la tesis del ecologismo profundo, que enunció Lovelock y han desarrollado filósofos como Bruno Latour, que insistió en que debemos pasar de la mirada que plantea que los seres humanos vivimos de la naturaleza, al reconocimiento de que vivimos en la naturaleza y en realidad somos parte de ella: vivimos con los demás seres vivos[12].

En realidad, con la pandemia hemos aprendido que ideal de una sociedad justa es inseparable de las exigencias de una transformación ecológica que pasa por superar el especismo, desde de una concepción holista, global, de salud y de vida, en un doble sentido. Salud, vida, de todos los seres humanos, porque hemos aprendido que es fútil, suicida, la pretensión de poner fronteras al virus. De donde se deduce que la solidaridad con los otros, con africanos, asiáticos, sudamericanos, es no tanto una exigencia de solidaridad cuanto de egoísmo racional. Pero más aún, lo que la pandemia nos ha redescubierto es la interconexión entre la salud de las personas, de los animales y el medio ambiente, lo que se conoce como el principio de One Health (una sola salud). Una idea que tiene mucho que ver con algo que desde Darwin se supone que debemos tener asumido, esto es, la continuidad de la vida, que rompe con el prejuicio de la superioridad especista[13].

La toma de conciencia de ese continuum de la vida, a mi juicio, tiene mucho que ver con lo mejor de la noción de progreso, que es la exigencia de un desarrollo moral, jurídico y político, que nos hace tomar conciencia de ese bien que tenemos entre manos y respecto al cual a los seres humanos nos cabe una especial responsabilidad de proteger: la garantía de la vida, del equilibrio sostenible de la vida del planeta. Lo que nos hace humanos no es un tipo de inteligencia, ni la capacidad de memoria, ni la conciencia de sufrimiento, ni la risa o el lenguaje. Es saber el valor de la vida de los otros, de cualquier otro, y actuar de conformidad con ello. O, por mejor decir, esa es la idea regulativa que guía el progreso moral de la humanidad, a la que deben encaminarse el mejor Derecho, la mejor política: progresar consiste en aprender y llevar a la práctica esa exigencia de respeto a la vida. Progresar es hacernos más humanos, una tarea en la que, paradójicamente, podemos aprender mucho de los animales no humanos, de nuestra vida con ellos.

Hablar de derechos de los animales no humanos no significa reivindicar para los animales no humanos, ni para todos ellos sin precisiones ni especificaciones, todos y los mismos derechos que los que reconocemos a los seres humanos como titulares. Sólo a quienes optan por la vía de la caricatura, para ridiculizar la causa de los derechos de los animales no humanos, se les ocurre semejante analogía evidentemente impropia. Los derechos que reivindicamos, ante todo, son los derechos a un trato digno, es decir, en primer lugar, a la eliminación de toda forma de crueldad, de violencia, en nuestro trato con ellos. Y ese progreso moral y jurídico se está abriendo camino, por ejemplo, con la tipificación del maltrato animal como delito, el reconocimiento de que los animales no son cosas, sino seres sintientes, la prohibición de la explotación animal y de la experimentación científica con animales, sin barrera alguna.

El fundamento de la prohibición de las corridas de toros

Llegamos al argumento que ocupa este libro, la oposición a los espectáculos taurinos que comportan violencia y sufrimiento para los toros.

La tesis que sostendré tiene su apoyo en el argumento del reconocimiento de derechos a los animales que he expuesto en el apartado anterior. Se trata de reconocer a los toros como titulares de un interés moral cuya protección es aquello que constituye el motor mismo de la lógica del Derecho: la lucha contra toda forma de crueldad y violencia, contra toda manifestación de un daño que carezca de justificación. Y lo es el sufrimiento, el daño gratuito que se ocasiona a los toros en este tipo de espectáculos, so pretexto del placer estético que procurarían a los espectadores.

Los argumentos de los defensores de este tipo de espectáculos son básicamente tres: de un lado, alegan que se trata del ejercicio de tradiciones centenarias. Se añade en no pocas ocasiones que la defensa de estos espectáculos forma parte de la preservación de la identidad. Y, sobre todo, se sostiene que su prohibición contituiría una muestra de paternalismo moral indebido, pues supone negar su libertad a quienes defienden esas prácticas. Este tercero es, desde el punto de vista de la justificación moral y jurídica, el argumento más relevante.

A mi juicio, alegar que la prohibición de los espectáculos taurinos atenta a un derecho fundamental, la libertad individual de quienes quieren que esas prácticas permanezcan, es un sofisma. Revela una incomprensión radical de la noción jurídica de libertad: es verdad que la noción misma de Estado de Derecho y de democracia liberal, presuponen que la libertad es el valor superior de todo ordenamiento jurídico, incluso por encima de la vida. Pero no es cierto que la libertad sea un derecho absoluto que no admite limitaciones ni regulación. El Derecho –como nos recuerda una concepción que arranca de Cicerón[14], y alcanza su mejor expresión en Kant y en J.S. Mill, el padre del mejor liberalismo, no es otra cosa que un artefacto para hacer posible la conjugación de la libertad de cada uno con la de los demás. Y eso no es posible sin regular el ejercicio de esas libertades, sin establecer controles y ponderación entre los intereses y bienes en conflicto y, por ende, en algunos casos, prohibiciones.

Es cierto que, en el corazón de la democracia liberal se encuentra la argumentación de lo que Locke concebía como leyes-valla o leyes barrera, que nos garantizan nuestra libertad contra cualquier pretensión de poder y que persiguen que se garantice el principio básico de favor libertatis (D.29,2,71pr.; 35,2,32,5). Pero eso no excluye el carácter justificado de limitaciones de la libertad, sino muy al contrario, postula la regulación y limitación de las libertades en que consiste, según Kant, el Derecho: “Derecho es el conjunto de condiciones bajo las cuales el arbitrio de uno puede conciliarse con el arbitrio del otro según una ley universal de la libertad»[15] . Al mismo tiempo, en la lógica del estado liberal de Derecho, la carga de la prueba no recae en quien ejerce su libertad, sino en quien quiere limitar la libertad porque considera necesaria y adecuada esa limitación.

El criterio que nos permite elucidar cuándo la limitación de la libertad está justificada es el núcleo mismo del liberalismo político, el Harm Principle o principio de daño, que enuncia Mill en un célebre texto de su ensayo On Liberty, coherente con la tesis que, como he recordado sostuvo Bentham: “the only purpose for which power can be rightfully exercised over any member of a civilized community, against his will, is to prevent harm to others”[16]la única razón de la interferencia en la libertad es evitar causar daño a intereses, necesidades o, digámoslo así, bienes jurídicamente relevantes.

El daño causado a los toros en la fiesta, en el espectáculo de las corridas de toros, es irrebatible. Y es un daño ética y jurídicamente inadmisible: como daño gratuito, es maltrato y tortura, aunque también sea arte y tradición. La violencia y la guerra llenan la inspiración del arte, la fiesta, de la filosofía, del pensamiento. No por ello defendemos la violencia ni la guerra. Y su única justificación (la que permite hablar de violencia justa, guerra justa, expresiones que, a juicio de muchos de nosotros serían un auténtico oximoron) se encontraría en el carácter de medio necesario para evitar un daño peor. Pero eso no es el caso en las corridas de toros. De estos espectáculos se puede sostener que son incompatibles con el mínimo mandato ético, tal y como lo formulara Schopenhauer: “La suposición de que los animales no tienen derechos y la ilusión de que nuestra manera de tratarlos no tiene significancia moral es un verdadero ejemplo de la crueldad y barbarie occidental. La compasión universal es la única garantía de moralidad… Una compasión sin límites hacia todos los seres vivientes es la garantía más firme y segura de la moralidad […] porque protege también a los animales, a quienes los demás sistemas morales europeos dejan irresponsablemente de lado”.

Dicho esto, los argumentos del respeto a la tradición o a los signos de identidad son más débiles. No discuto que, según lo demuestra cierta tradición arraigada, a no pocos puede parecerle bello ese espectáculo. Pero aun en ese caso, a mi juicio, se trata de una belleza cuyo coste no es asumible. No hay racionalidad jurídica que pueda apoyarse sólo en la existencia de un hábito (por arraigado que fuera, por ampliamente compartido) si ese hábito causa un daño relevante a un bien, a su vez, relevante.

Quiero concretar este repaso de los argumentos de tradición e identidad con lo que detalla el título V del Reglamento de festejos taurinos tradicionales de la Comunitat Valenciana[17], un texto cuya minuciosidad desearía uno para otras causas: nada menos que 100 artículos, agrupados en cinco títulos, ocho anexos destinados a complementar y asegurar la eficacia de la regulación, cinco disposiciones adicionales, dos disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales.

No es cuestión menor que el preámbulo de este Reglamento comience con una afirmación que, sin duda, es compartida por una parte de los valencianos, pero que confieso que me repugna: «Los festejos taurinos tradicionales (bous al carrer) son una de las señas de identidad del pueblo valenciano«. No contentos con ello, los autores del preámbulo ensalzan esas prácticas y celebra nel hecho de que en nuestra comunidad se convoquen más de 6.000 festejos taurinos. Aún más, el traído preámbulo considera estas prácticas no sólo como un rasgo identitario, sino como un «valor identitario» (sic). Así pues, si nos lo tomamos en serio resultaría que, hablando de valores, este preámbulo proporcionaría argumentos para defender que se forme en ese valor tan nuestro a los niños valencianos en la ESO y en el Bachillerato, como parte de esa educación en valores  que –a mi juicio erróneamente– se propone en la LOMLOE. Por cierto, el reglamento no se queda ahí en la defensa y promoción del valor identitario en cuestión, y prevé que se creen también cátedras universitarias de tauromaquia.

Este rasgo identitario «tan nuestro», elevado a la categoría de “valor identitario”, me parece un disparate de rango mayor. Como me lo parecen en general los intentos de establecer unas señas y unos valores específicos identitarios de este tenor. Por lo que sé acera de los problemas de identidad colectiva a los que he dedicado algunos años de estudio, procuro tener presente siempre el aserto de Witgenstein sobre el “infierno de la identidad”. Por decirlo brevemente, me parece estéril e incluso contraproducente adentrarse en el arcano de ese constructo que son los “rasgos de identidad». También, claro, los del «pueblo valenciano”. Para empezar: ¿qué entendemos por tal sujeto colectivo? ¿el pueblo valenciano que supuestamente aparece cuando Jaume I conquista estas tierras, y no antes? Y esos rasgos, ¿son una esencia que debemos preservar a salvo de cualquier evolución?

Es verosímil desde luego, que haya un importante número de ciudadanos valencianos que disfrutan defienden estas tradiciones. Por tanto, no niego que tales festejos cuentan con cierto arraigo popular. Tampoco ignoro que hay un buen número de peñas taurinas en muchas de nuestras poblaciones, que defienden las diferentes manifestaciones de estos «festejos taurinos tradicionales» (reunidos bajo la denominación común de bous al carrer, que reúne tradiciones diferentes, enumeradas en el reglamento: «toros cerriles», «toros ensogados», encierros, toros embolados, bous a la mar). Y añadiré que estoy convencido de que, en la defensa de los festejos, incide la presión de los lobbies que negocian con estas manifestaciones taurinas, que se han visto bloqueadas durante dos años y el temor de las administraciones a enfrentarse con los ciudadanos si deciden prohibir los festejos.

Aun así, soy de los que piensan que ha llegado la hora de acabar con esos festejos y de derogar ese reglamento, porque hay tradiciones multicentenarias –la guerra, la esclavitud, el maltrato a los diferentes– que son contrarias a lo que significa civilización. Precisamente porque una de las ideas guía de la «civilización», es eliminar la crueldad. Como me recordaba Alicia Puleo, “¡las mujeres viviríamos todavía en estado de subordinación si el argumento de la tradición no hubiera sido refutado por la ética!”.

Además, junto al daño físico y psíquico inflingido a los toros, añado el daño desde el punto de vista de la educación de la ciudadanía. Un espectáculo público que extrae su belleza de una muestra tal de violencia y aun de crueldad (que, a diferencia de lo que ocurre en el arte, no es una mera representación), no contribuye –a mi juicio- a construir una sociedad más respetuosa con el sufrimiento, menos violenta, menos cruel. Recordemos la sentencia de Publio Ovidio Nasón: “Saevitia in bruta est tirocinium crudelitatis in homines», esto es, la violencia contra los animales es la escuela de la crueldad contra los hombres. Educar en la crueldad contra los animales es la mejor escuela de violencia, como supo exponer magistralmente Peckinpah en la primera secuencia de Wild Bunch, en la que unos niños torturan a unos escorpiones en la cuneta del camino de entrada a la ciudad que están recorriendo los miembros de la banda que van a asaltar el banco, mientras desfilan los títulos de crédito.

A mi juicio, la cuestión no es si debemos prohibir o no las corridas de toros, los espectáculos que implican malos tratos, tortura y muerte de los toros, sino cúanto tiempo podemos seguir sin hacerlo, asumiendo de esa manera un mal que se inflinge los toros y a la sociedad. Cuánto retrasaremos esa decisión que es la única razonable, la única que nos sitúa en la dirección del progreso social, moral y a la que el Derecho debe servir.


[1] Séneca, Cartas morales a Lucilio, Libro XV, epístola XCV. Orbis, 1984, vol. 2, p. 97: homo res sacra homini.

[2] Discurso sobre la dignidad del hombre, UNAM, 2004.

[3] Remito a la edición de la Metafísica de las costumbres, Tirant, 2022, preparada por Manuel Jiménez Redondo, con un imprescindible ensayo introductorio.

[4] Durante siglos, al hombre, con los atributos de varón, mayor de edad, rico –sui iuris– y occidental, atributos que irán desapareciendo en las sucesivas luchas por hacer de los derechos como universales, hasta la DUDH que habla de seres humanos, hombres y mujeres y sin más adjetivos.

[5] Cfr. C.B.Macpherson, The Political Theory of Possessive Individualism: From Hobbes to Locke (1962); hay traducción al castellano, La teoría política del individualismo posesivo. De Hobbes a Locke, Trotta, 2005.

[6] He presentado más pormenorizadamente esos argumentos críticos sobre la formulación de la noción de dignidad en “En el bicentenario de Darwin. Los derechos de los animales y la barrera de la dignidad”, Teoría y Derecho, 2009/6, pp.6-19 y en “Human Nature and Dignity”, Mètode Science Studies Journal, 2011/1, pp. 138-144.

[7] J.Bentham, Introduction to the Principles of Morals and Legislation, cap. 18, sec.1: “Si todo se redujese a comerlos, tendríamos una buena razón para devorar algunos animales tal y como nos gusta hacer: nosotros nos hallaríamos mejor y ellos no estarían peor, ya que no tienen capacidad de anticipar como nosotros los sufrimientos futuros. La muerte que en general les damos es más rápida y menos dolorosa que la que les estaría reservada en el orden fatal de la naturaleza. Si todo se redujese a matar, tendríamos una buena razón para destruir a los que nos perjudican: no nos sentiríamos peor por ello, y a ellos no les sentaría peor estar muertos. ¿Pero hay una sola razón para que toleremos el que se les torture? No conozco ninguna. ¿La hay para que rechacemos atormentarlos? Sí, y muchas. […] Quizá un día se llegue a reconocer que el número de patas, la vellosidad de la piel o la terminación del os sacrum son razones igualmente insuficientes para dejar abandonados al mismo destino a un ser sensible. ¿Qué ha de ser, si no, lo que trace el límite insuperable? ¿Es la facultad de la razón o quizá la del discurso? Pero un caballo o un perro adulto es, más allá de toda comparación, un animal más racional, y con el cual es más posible comunicarse, que un niño de un día, de una semana o incluso de un mes. Y aun suponiendo que fuese de otra manera, ¿qué significaría eso? La cuestión no es si pueden razonar, o si pueden hablar, sino ¿pueden sufrir?”.

[8] The Cambridge Declaration on consciousness, https://fcmconference.org/img/CambridgeDeclarationOnConsciousness.pdf.

[9] Así, G. Francione, Animals, Property and the Law, Temple, 1995, P. Singer, 2003. Desacralizar la vida humana. Ensayo de ética. («Unsanctifying Human Life. Essays on Ethics»), Cátedra; Singer, P., 2007.Asimismo su artículo “A Convenient Thruth”, The New York Times, https://www.nytimes.com/2007/01/26/opinion/26singer.html?login=smartlock&auth=login-smartlock; S Donaldson y W Kymlicka, Zoopolis. Una revolución animalista, Errata Naturae, 2018.

[10] F.Fernández Buey, Ética y filosofía política, Edicions Bellaterra, Barcelona 2000; J. Riechmann, En defensa de los animales. Antología, Catarata, 2017; Simbioética, Plaza y Valdés, 2022

[11] La declaración, impulsada por el Group de Recherches en Ethique  Environmental et Animal (GREEA) Ethics se puede consultar en https://greea.ca/en/nouvelles/montreal-declaration-on-animal-exploitation/.

[12] Cfr. por ejemplo, B.Latour, Où atterrir. Comment s’orienter en politique, La découverte, 2017.

[13] He intentado explicarlo en “La prioridad es la salud: ¿de quiénes?”, https://www.infolibre.es/opinion/luces-rojas/prioridad-salud_1_1182426.html.

[14] Pro Cluentio, 53, 146: legum servi sumus ut liberi ese possumus.

[15] Kant, Metafísica de las costumbres, «Introducción a la doctrina del derecho», § B. Cito por la edición de Tirant, 2022, con estudio introductorio a cargo de Manuel Jiménez Redondo

[16] On Liberty, The Collected Works of John Stuart Mill, Volume XVIII – Essays on Politics and Society Part I, ed. John M. Robson, Introduction by Alexander Brady, University of Toronto Press/Routledge and Kegan Paul, 1977: Sobre la interpretación del principio de daño, recomiendo la lectura del ensayo de Blanca Rodríguez, “Libertad salvo daño. Sobre una posible interpretación libertariana de Mill”, Tελος Revista Iberoamericana de Estudios Utilitaristas-2007-2009, XVI/2: 59-74.

[17] Se trata del reglamento aprobado por el Decreto 31/2015 del Consell, siendo presidente de la Generalitat el popular Alberto Fabra.

AL CUMPLIR (CASI) MEDIO SIGLO DE ANDADURA UNIVERSITARIA. Intervención en la jornada «Conversación con Javier de Lucas, en homenaje a su jubilación » (22 de junio de 2023, Facultad de Derecho. Universitat de València)

La guía fundamental de esta intervención, lógicamente, es el agradecimiento y el reconocimiento por la enorme suerte que me ha correspondido a lo largo de este casi medio siglo de andadura universitaria que se cierra hoy con la jubilación. Me considero una persona afortunada por poder contarlo, en relativo buen estado físico y aun incluso mejor de ánimo…

Sigo pensando que el oficio universitario, sin ignorar sus limitaciones, sus servidumbres y algunos aspectos que a veces pueden llegar a ser sombríos (como lo es la vida misma), es o al menos lo ha sido, un enorme privilegio. Desde luego, en la Universidad pública.

Es un oficio que, a mi entender, se resume en una palabra precisa, aunque quizá esté en desuso: estudiar. Sí, nuestro trabajo consiste en eso, en estudiar, en aprender, en investigar, para ayudar a otros a aprender, que es nuestra manera de contribuir a hacer un poco mejor la vida de quienes nos rodean.

La mayor parte de estos casi 50 años (luego volveré sobre ese casi) han transcurrido en esta Universitat de València, a la que llegué en 1974 para hacer el doctorado y tuve la gran suerte (por mediación de nuestro común y recordado amigo Alejandro Llano) de encontrar la guía de Jesús Ballesteros, a quien considero mi primer maestro. Jesús compensó de largo con su inteligencia y su trato generoso, la educada reticencia franciscana con que me recibió D José Corts Grau, que me aconsejó vivamente que hiciera oposiciones a notario, o abogado del estado y luego, quizá, me planteara la tesis. Cuando asimiló que yo no quería hacer esas oposiciones, sino una tesis (ingenuo de mí, sobre justicia e igualdad en Platón), primero intentó encaminarme a Ramiro de Maeztu y finalmente aceptó resignadamente que me dedicara a Durkheim…

Pero insisto: he tenido mucha suerte en la vida universitaria

Primero, como decía, una fortuna enorme con mis maestros: además de Jesús, tengo que referirme a Ernesto Garzón, Elías Díaz y Gregorio, que me hicieron conocer a Treves, a Bobbio, a Ferrari, a Losano, a Macormick o a Ferrajoli, entre otros.

También he sido afortunado por pertenecer a una entonces joven generación de profesores de filosofía del Derecho, mi generación, llena de nombre brillantes, entre los que nombraré a Manuel Atienza porque es el más antiguo y el mejor de mis amigos entre esos compañeros.

Y no menor fortuna con quienes han sido estudiantes míos y luego se convirtieron en compañeros, en otras disciplinas, pero también en filosofía del Derecho y en alguna otra aventura, de esas -como la de la colaboración con ONGs, o la puesta en marcha de inicitaivas como cine y derecho- a las que me ha llevado un espíritu quizá demasiado curioso y disperso…

Sumaré más datos de fortuna: además de la suerte de disfrutar de no pocas estancias de investigación en otros países, he tenido la oportunidad de hacer dos largos paréntesis en la docencia, para dedicarme unos años a otros menesteres que, sin embargo, no me alejaron de la Universidad: siete años como director del Colegio de España en Paris, y luego cuatro años en el Senado, un honor (el de representar a los ciudadanos que me votaron) que debo a la propuesta que me hizo el secretario general del PSPV, Ximo Puig, y que me ha permitido participar en la actividad legislativa, sin desconectar de la Universidad, como presidente de la Comisión de ciencia, innovación y universidades del Senado. 

Esta aventura del Senado, o de dar el paso a la política, ya con edad avanzada (senatorial, en el sentido en que lo dice en El Gatopardo el interlocutor del príncipe de Salina, cuando intenta vanamente convencerle de que acceda ir al nuevo Senado italiano), fue una decisión difícil. No me voy a extender en ello.

Sí diré que conté con el apoyo de Consuelo e Irene, como en todas las ocasiones de cambios decisivos en mi vida.

Y añadiré que, cuando se lo comenté a dos de mis grandes y mejores amigos, Sami Nair y Francisco Jarauta, me dieron consejos muy útiles. Recordaré ahora uno en el que me insistió Paco: estudia a Cicerón otra vez…y para aburrimiento de mis compañeros de escaño eché mano de él en no pocas ocasiones

Es Cicerón, quizá con Montaigne, quien dejó escritas algunas de las mejores páginas sobre la amistad, un don que él parangona sólo con el de la sabiduría, aunque finalmente, en esa maravilla que es el Laelius de amicitia, que me tocó traducir en el examen de premio extraordinario de bachillerato, parece inclinarse por la amistad, como lo hace Montaigne

Pero no es de Cierón, sino de Appio Claudio, un dictum que resume ese don: amicum cum vides, obliviscere miserias. Y miserias, las hay. No digamos a la hora de la vejez. Sin necesidad de compartir el amargo dictamen de De Gaulle, ¡La vieillesse, quel naufrage!, la vejez no es plato de gusto, por más que podamos alabar algunos de sus dones. Pero como recuerda Appio Claudio, además de la experiencia que siempre aporta algo de sabiduría, queda la amistad. Y cuando me veo rodeado de tantos y tan buenos amigos pienso que el balance de cuanto he hecho en estos años universitarios no puede ser tan malo.

Y junto a los amigos, sin falsa modestia, mencionaré otros motivos de satisfacción: haber contribuido a dejar un Instituto de Derechos humanos que se renueva y mejora de continuo. Haber contribuido a formar a estudiantes, a profesores e investigadores de muchas generaciones. Y, lo sabéis, esa colección de cine y derecho que me une a Salva Vives, a Cande López, a Mario Ruiz, a Fernando y a tantos compañeros que son autores. Una colección que, por mediación de un buen amigo hoy presente aquí, recibió la medalla de oro de bellas artes…

Hablaba antes de ese casi medio siglo. Hay cierta belleza en la aparente mácula que impide una cifra redonda. Se cumplen 49 años, que no 50, del momento en el que me incorporé a la Universitat de Valencia, en octubre de 1974, para iniciar mi tesis doctoral. Y ha querido el azar que el regalo que me hacen mis compañeros de un número monográfico de homenaje de la revista CEFD lleve el número 49 también.

Por todo ello, gracias: permitidme que personalice en Maria José el agradecimiento a todos los que han puesto su tiempo, su trabajo y su afecto, para organizar esta jornada, y a cuantos se han tomado la molestia de participar en ella, también como asistentes.

Termino, con tres versos de un poema de Les matinaux, de René Char, un poeta que me enseñó a conocer y a amar mi amigo Sami Nair. En ese poema maravilloso sobre el país que soñaba para él, Ce pays n’est qu’un vœu de l’esprit, un contre-sépulcre.

Dice así:

<<Dans mon pays, les tendres preuves du printemps et les oiseaux mal habillés sont préférés aux buts lointains.

La vérité attend l’aurore à côté d’une bougie. Le verre de fenêtre est négligé. Qu’importe à l’attentif.

Dans mon pays, on ne questionne pas un homme ému.

Il n’y a pas d’ombre maligne sur la barque chavirée.

Bonjour à peine, est inconnu dans mon pays.

On n’emprunte que ce qui peut se rendre augmenté.

Il y a des feuilles, beaucoup de feuilles sur les arbres de mon pays. Les branches sont libres de n’avoir pas de fruits

On ne croit pas à la bonne foi du vainqueur.Dans mon pays, on remercie

LA PRESIDENCIA ESPAÑOLA DE LA UE Y EL PACTO EUROPEO PARA UNA POLÍTICA DE MIGRACIÓN Y ASILO: ¿UNA EMPRESA DESESPERADA? (Artículo publicado en La Marea, junio de 2023)

EL PLANTEAMIENTO: UNA AMBICIÓN TAN NECESARIA, COMO DE IMPOSIBLE CUMPLIMIENTO.

El presidente Sánchez estableció como prioridad para el semestre de presidencia española de la UE conseguir un acuerdo sobre el pacto europeo de migración y asilo, un objetivo que muestra una indiscutible y plausible ambición política. Es una tarea no sólo necesaria, sino también urgente. Por dos razones, una inmediata y otra demás largo alcance. Pero es también, como añadiré enseguida, un objetivo de imposible cumplimiento, a mi juicio, salvo que se vacíe de contenido.

Vayamos primero con las razones de su necesidad y urgencia.

La inmediata es la necesidad de dar por fin respuesta al tan aplazado propósito de un verdadero pacto europeo sobre migración y asilo. Un objetivo en el que llevamos debatiendo desde 2020 y que se concreta en un compelo sistema de instrumentos normativos, sobre los que no existe acuerdo.

La de mayor alcance es que ese acuerdo es una condición sine qua non para el futuro de una UE acorde con sus principios y capaz de presentarse como lo que debería ser, una potencia de soft power en las relaciones internacionales, un poderoso agente para hacer viable una política internacional basada en la multilateralidad, la cooperación y la paz. Nada menos. Déjenme que me explique un poco mejor

Recuerden el lema de la campaña electoral con el que ganó Biden y que, en su nueva campaña (“terminar el trabajo”), da por hecho que no se ha conseguido: reconstruir, reencontrar el alma de América, de una sociedad profundamente dividida como consecuencia de la estrategia comunicativa del supremacismo reaccionario que encabeza Trump. Pues bien, la próxima presidencia debería contribuir a reencontrar el alma de la UE, un alma que, a mi juicio, es sobre todo jurídica, porque el proyecto de la Unión tiene en su núcleo irrenunciable la defensa del Estado de Derecho, de la soberanía de la ley (de la Constitución), del control y división de poderes, de las libertades individuales como la libertad de expresión, prensa y manifestación. Y también, de la progresiva garantía de los derechos sociales, de un modelo de igualdad inclusiva, abierta a la pluralidad social, a través de políticas públicas basadas en el keynesianismo, que no niegan la libertad de mercado (es un principio fundacional de la UE), pero no renuncian a regularlo, a imponer límites.

Sin duda, los objetivos y las condiciones para que la Unión alcance ese papel, acorde con sus principios y valores, los fundacionales y los expresados en sede constitucional, van más allá de la política migratoria. Pero no entiende el mundo quien no advierte que nuestra respuesta a la gestión de los movimientos migratorios en sentido amplio (migración, asilo, desplazados climáticos) define el papel de la UE en la encrucijada crucial que vivimos hoy, en términos geopolíticos, globales. En ese sentido, como ha escrito recientemente Serge July en Libération, el nudo migratorio se ha convertido en el nudo gordiano de las relaciones internacionales. El problema es que la UE, como EEUU, Australia, parece adoptar el método Alejandro:  cortarlo de un tajo.

Reconozcamos que la UE (el bloque occidental, digámoslo sin ambages), como se evidencia cada vez más a propósito de la estrategia de la OTAN en relación con la invasión de Ucrania por Putin y con esa guerra que está marcando nuestras vidas, está perdiendo su relación con buena parte del mundo.

Desde luego, perdemos conexión con el sur global, que no comparte la estrategia de la UE. Dicho en corto: parte de nuestro descrédito (y, a sensu contrario, de la capacidad de protagonismo de la UE) en esa relación con el sur global, tiene que ver con nuestra política migratoria y de asilo, que desmiente los mensajes de una Europa comprometida en una política global presidida por el respeto a los derechos humanos y por los principios de cooperación y multilateralidad. Por esa razón, también, urge construir otra política europea migratoria y de asilo. Urge un cambio, sin buenismos ingenuos, pero sin el cinismo que es propio de un tipo de realpolitik, tan sucia como banal, que alientan las fuerzas reaccionarias y de extrema derecha que hoy contaminan a la derecha conservadora con el argumento de su indiscutible eficacia para captar votos.

No se puede decir que no lo sepamos: nuestras políticas migratorias y de asilo siguen dominadas por los aparentemente inconmovibles réditos electorales que se asocian a la utilización del espantajo de la inmigración. Un discurso de la inmigración como fobotipo, ajeno a los hechos y a las necesidades que muestran las migraciones como una oportunidad beneficiosa para todos, si se saben gestionar; en todo caso, un desafío difícil, pero no una amenaza. Esa es la alternativa que hay que saber construir. Porque empeñarnos en ese modelo de la inmigración como espantajo, a mi juicio, tiene un precio que no debemos pagar: perder el alma del proyecto de la Unión. Lo ha repetido L. Ferrajoli: esta política migratoria y de asilo, que Bauman calificó de industria del desecho humano, es lo contrario al Derecho, porque es una necropolítica (Mbembé), una política de crueldad, de vaciamiento del respeto básico al otro como sujeto de derechos, convertido en lo contrario: sujeto de infraderechos ((Lochack) , difícilmente compatible con lo que a mi juicio es el alma europea: la primacía del Derecho y del Estado de Derecho.

Pero volvamos a la cuestión inicial: ¿es esta una tarea posible’ A mi juicio, como decía, no lo es, salvo que la reduzcamos a un acuerdo parial o, para decir verdad, de mínimos. Desgraciadamente, hay obstáculos de gran envergadura. Recordaré cuatro, que hacen referencia a nuestro contexto:

  • El primero, el empeño en renacionalizar la cuestión migratoria por parte de la inmensa mayoría de los gobiernos de los Estados miembros y más aún de los que son representados por gobiernos de derecha extrema o extrema derecha, para los que las políticas migratorias son sobre todo el gran caballo de batalla electoral y campo preferente del resquicio de soberanía nacional que reivindican.
  • El segundo, la división de objetivos entre tres bloques, los países del centro (Franca, Alemania, Bélgica, Holanda, más Dinamarca, Suecia y Finlandia), el bloque Mediterráneo (España, Italia, Grecia. Malta) y el bloque del este (notablemente el grupo de Volvograd), lo que parece un obstáculo insalvable. Máxime habida cuenta de que Italia, Grecia y Malta se orientan hacia postulados muy reaccionarios, próximos a los de Orban (por cierto, los líderes de Vox en España se muestran no ya cercanos a Meloni y Salvini, sino a Orban).
  • El tercero, la guerra de Ucrania, que desplaza a este los intereses geopolíticos y parece subordinar a la UE a una tarea de acompañante de la estratega de la OTAN y de los EEUU
  • El cuarto, el creciente alineamiento de los Estados del Sur (lo que es notorio por parte de los BRIC) en una posición independiente de la que representan el bloque occidental y con la mira puesta cada vez más en lo determinante de las relaciones económicas y comerciales de China.

LAS CONTRADICCIONES EN LA PROPUESTA

Para ser más rigurosos, habrá que recordar que las dificultades para poner en pie una política migratoria y de asilo común de la UE, no son de hoy. Además de los obstáculos contextuales que acabo de enumerar, un análisis en perspectiva nos muestra contradicciones y errores reiterados

Comencemos por los presupuestos que lastran la posibilidad de una política migratoria común de la UE y a la altura de los actuales desafíos migratorios. Son dos, de vieja data: el empeño en la perspectiva de seguridad (que incluso algunos gobiernos plantean no ya en términos de orden público, sino incluso de defensa de la integridad territorial) y, en segundo lugar, la obsesión por reducir la política migratoria a una cuestión de beneficios en el mercado laboral, y todo ello en el contexto de una Europa en declive demográfico.

Pero, en segundo lugar, si tratamos de concretar las dificultades, un examen de alguno de los instrumentos normativos que integran el Pacto deja claro lo ralo de las expectativas. Basta con referirse a tres.

  • La propuesta de Reglamento sobre la Gestión del Asilo y la Migración (RAMM) no supone ningún avance, ninguna mejora en el modelo que tiene como eje el Reglamento de Dublín III a la hora de distribuir las responsabilidades de gestión de la presencia de inmigrantes y refugiados a cualquier punto del territorio de la UE: todo recae sobre el país de llegada, con el objetivo de evitar lo que desde Bruselas se denomina “movimientos secundarios”, es decir, la libertad de circulación de quienes una vez que han llegado, adquieran una posición legal. Supone la reiteración de un modelo de solidaridad demediada: voluntaria, desregulada, con ausencia de obligaciones comunes vinculantes. Como se ha dicho, “solidaridad como un menú a la carta para los Estados, con la opción de contribuir con la reubicación, el “patrocinio del retorno” u otras medidas destinadas a reforzar las capacidades o el apoyo en la dimensión exterior”. Este es un sistema que castiga insolidariamente a España, Italia, Grecia y Malta. Pero no hay acuerdo entre los gobiernos de esos Estados para mantener una posición común.
  • El objetivo de la nueva propuesta de Reglamento sobre un Procedimiento Común en materia de protección internacional es, por su parte, vincular los controles fronterizos con el Reglamento de control y con la versión refundida de la muy denostada Directiva de Retorno. El déficit fundamental de este segundo instrumento, además de que no existe un acuerdo sobre la obligatoriedad del procedimiento en fronteras, es que supone plantear dificultades en el tratamiento garantista de los procedimientos de protección internacional, es decir, en la seguridad jurídica de quienes plantean esa protección. Lo más grave, como ha señalado CEAR, es la “ficción jurídica de no entrada”, lo que tiene que ver con la práctica de las devoluciones en caliente que ha sido legalizada en gran medida por el TEDH.  
  • Respecto a la vía de acuerdos bilaterales con los países de origen y tránsito, que se propone desarrollar sobre todo en relación con los flujos africanos, me parece altamente criticable lo que podríamos llamar “modelo Marruecos”. Ese tipo de acuerdo no es el modelo bilateral ni multilateral deseable porque pervierte el sentido de una política de codesarrollo o de cooperación, bajo la premisa de obtener a toda costa la colaboración de los Estados de origen o de tránsito de los movimientos  de emigrantes y desplazados en el control de salida, tránsito y retorno, al supeditar las políticas de cooperación al cumplimiento de cuotas policiales, sin ninguna referencia a las tres “D” (democracia, derechos humanos desarrollo) en esos mismos países, lo que resulta particularmente grave cuando se trata de regímenes autoritarios, si no dictatoriales, gobernados por autócratas o elites corruptas.

PARA SALIR DEL LABERINTO: PROPUESTAS PARA VOLVER A UN CONSENSO BÁSICO

Creo que podríamos enunciar algunos puntos de acuerdo sobre la orientación que debería darse al pacto europeo para que no fracase una vez más. Propondré los siguientes, que en buena medida arrancan de las recomendaciones de buenas prácticas (un elenco de mínimos, como es bien sabido) expresadas en el Global Compact for Safe, Regular and Legal Migration, aprobado por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas en diciembre de 2018. Es una propuesta en la que coinciden no pocas ONGs y también algunos investigadores especializados, con los que he mantenido frecuentes intercambios:

  1. Es imprescindible que se sea coherente de una vez con una prioridad inexcusable: el respeto a los derechos y garantías de las personas inmigrantes y de los demandantes de protección internacional, tal y como lo consagran los instrumentos normativos ratificados por la propia UE y sus Estados miembros, no es una opción. Comporta obligaciones vinculantes y exigibles. Y hablamos de derechos individuales y de sus garantías, que deben ser sustanciadas en sede judicial con derecho a defensa
  2. Hay que rechazar la consolidación de las fronteras como lugares de no-derechos
  3. En materia del cumplimiento de las exigencias del Derecho internacional de refugiados, es inexcusable el respeto al principio de non refoulement.
  4. Habría que tomar en serio, de una vez, el principio de solidaridad compartida y, por tanto, la necesidad de establecer responsabilidades concretas y comunes, de carácter vinculante. Superar los tres bloques de intereses…
  5. La directiva de protección temporal no puede ser un sistema a la carta, que vale por ejemplo para lso ucranianos, pero no para sirios, afganos o sudaneses…
  6. Impulsar vías legales y seguras para acceder a la protección internacional
  7. Poner fin a la externalización de fronteras y a la condicionalidad del desarrollo al control migratorio y la readmisión.
  8. No permitir derogaciones del sistema de asilo y rechazar el concepto de instrumentalización
  9. Garantizar condiciones de acogida dignas y eliminar las barreras en el acceso a los derechos sociales, económicos y culturales. En ese sentido, no olvidemos el papel de las CCAA y de los municipios, absolutamente clave en la construcción de un sistema de acogida que facilite el reconocimiento y la inclusión de quienes llegan a nosotros con el propósito de instalarse durante un cierto período de tiempo, o incluso, para quedarse aquí. Son a mi juicio un ejemplo de aquello de <hacer de la necesidad virtud>. Porque los necesitamos, necesitamos su presencia y su contribución, en términos demográficos, económicos, pero también sociales y culturales, se denominó en su día Plan Estratégico para la Ciudadanía y la Integración (PECI) si queremos un futuro para nuestros hijos, para nuestro país, que vaya más allá de un lugar de asueto y retiro para jubilados ricos. Tenemos ya testimonios, experiencias de lo que se puede conseguir con buenos planes orientados a lo que puede describirse como inclusión para la ciudadanía, en ámbitos que van desde la educación, la salud, los servicios sociales, la vivienda, o el empleo


ANEXO: LAS PROPUESTAS DE CEAR

CEAR ha lanzado un documento de trabajo con propuestas para la Presidencia Española del Consejo de la UE en materia de política migratoria y de asilo. Por su interés, condenso aquí esas propuestas (https://www.cear.es/wp-content/uploads/2023/04/Recomendaciones-CEAR-presidencia-UE.pdf), un informe que comienza por recordar que esta presidencia supone una oportunidad para avanzar en la construcción de un Sistema Europeo Común de Asilo con un enfoque garantista que priorice la protección de las personas y la garantía de sus derechos, así como la solidaridad y la responsabilidad compartida entre los Estados miembro. Bajo esta premisa, desde CEAR, se han formulado las siguientes propuestas, que resumo:

  1. Promover una reforma profunda de las normas de Dublín para garantizar un reparto verdaderamente equitativo de las responsabilidades compartidas en materia de asilo entre los Estados Miembros.
  2. Superar el criterio del país de primera entrada mediante una nueva jerarquía de criterios para determinar la responsabilidad, que otorgue mayor importancia a los vínculos familiares en sentido amplio y tenga en cuenta las situaciones de enfermedad grave y/o discapacidad u otras situaciones de vulnerabilidad de las personas solicitantes de asilo.
  3. Impulsar la aprobación un mecanismo de solidaridad obligatorio y permanente basado en un mínimo de cuotas obligatorias de reubicación como única contribución solidaria posible.
  4. Rechazar la alternativa del patrocinio de retorno o el apoyo de capacidades en la dimensión exterior, poniendo en el centro la protección de las personas.
  5. Defender el salvamento y rescate en el mar frente a la criminalización del trabajo humanitario, y adoptar un acuerdo sobre un mecanismo de desembarco europeo seguro y predecible, con posterior reubicación obligatoria.
  6. Oponerse a la obligatoriedad de los procedimientos fronterizos acelerados y rechazar la ficción jurídica de no entrada, ya que retrasan el acceso al procedimiento de protección internacional y a las garantías procedimentales debidas, además de poner en riesgo el respeto del principio de no devolución.
  7. Garantizar un tratamiento individualizado y con plenas garantías de las solicitudes de asilo, así como la asistencia jurídica gratuita en todas las fases de los procedimientos administrativos y judiciales sin excepción.
  8. Garantizar el respeto del principio de no-devolución. Rechazar la emisión automática de una decisión de retorno junto a la denegación de la solicitud de asilo y garantizar el efecto suspensivo automático de los recursos en todos los supuestos.
  9. Oponerse a la canalización de las solicitudes de asilo hacia el procedimiento fronterizo en función de la nacionalidad y respetar la no discriminación tal y como establece el artículo 3 de la Convención de Ginebra.
  10. Rechazar las derogaciones amplias del acervo de asilo de la UE, y eliminar la ampliación del plazo de registro de solicitudes de asilo y la obligatoriedad del procedimiento de asilo en frontera en situaciones de crisis.
  11. Garantizar que la base de la respuesta ante situaciones de crisis sea el acceso al procedimiento de protección internacional con todas las garantías y la solidaridad obligatoria y compartida.
  12. Defender la Directiva de Protección Temporal frente al riesgo de su derogación y sustitución por la “protección inmediata” del Reglamento relativo a las situaciones de Crisis, que es menos garantista, así como promover su aplicación para responder a situaciones similares a la producida como consecuencia de la invasión de Ucrania.
  13. Defender salvaguardas para evitar la elaboración de perfiles raciales, controles intrusivos o el abuso de discrecionalidad en el tratamiento de los datos biométricos, y proteger a las personas frente al estigma de criminalidad asociada a estas prácticas.
  14. Garantizar que la recogida de datos biométricos nunca se realice de manera coercitiva y que se incluya una perspectiva de infancia, de protección y de derechos humanos, y promover la reunificación familiar cuando el interés superior del menor así lo determine.
  15. Defender la eliminación de la ficción jurídica de no entrada, garantizando el acceso al procedimiento de asilo con plenas garantías para las personas solicitantes de protección internacional.
  16. Implementar un mecanismo de identificación precoz y derivación de las personas en situación de vulnerabilidad para reforzar las garantías de protección de personas víctimas de trata, personas con necesidades específicas o niños y niñas sin referentes familiares.
  17. . Impulsar y reforzar mecanismos nacionales independientes de monitorización del respeto de los derechos fundamentales en toda actividad de vigilancia y control de las fronteras exteriores. Dichos mecanismos deben dotarse de garantías para asegurar su independencia, implicando en su funcionamiento a instituciones nacionales de derechos humanos, la FRA y organizaciones de la sociedad civil; y tener un mandato para investigar cualquier vulneración de derechos fundamentales en las fronteras, así como capacidad para imponer sanciones.
  18. Impulsar la aprobación de un mecanismo ambicioso de reasentamiento con cuotas obligatorias para todos los Estados Miembros.
  19. Asumir un mayor compromiso en relación a la adopción de vías legales y seguras: promover la posibilidad de solicitar asilo en embajadas y consulados en exterior, la expedición de visados humanitarios, flexibilizar los requisitos para la reagrupación familiar, así como facilitar el acceso a programas de movilidad laboral o formativa en la Unión Europea.
  20. Rechazar el concepto de “instrumentalización” y la normalización de excepciones a las normas de asilo, previstas en el Reglamento de Instrumentalización y en la modificación del Código de Fronteras Schengen; y en su lugar, promover una mayor armonización de las normas del Sistema Europeo Común de Asilo.
  21. Liderar una política europea de cooperación al desarrollo que responda a objetivos de erradicación de la pobreza y lucha contra las desigualdades, teniendo como guía la Agenda 2030 y rechazar la instrumentalización y condicionalidad de la ayuda al desarrollo al control fronterizo.
  22. Oponerse a utilizar la ayuda al desarrollo como mecanismo de presión para que los países de origen y tránsito colaboren en la contención de flujos migratorios y la readmisión de las personas expulsadas.
  23. Garantizar estándares de acogida dignos y armonizados en todos los Estados miembros, así como el acceso y ejercicio de los DESC y un nivel de vida adecuado para las personas solicitantes de protección internacional.
  24. Promover una sociedad europea de acogida más inclusiva e igualitaria, poniendo en valor a los profesionales y equipos multidisciplinares incluyendo la figura de los y las mediadores interculturales.

Combatir la discriminación y el discurso de odio con el diálogo intercultural y la convivencia como elementos clave para favorecer la i